AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 83/2026
RESOL-2026-83-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2026-12069997- -APN-DCCYS#AABE y sus asociados Nros. EX-2025-106774007- -APN-DACYGD#AABE y EX-2025-124242633- -APN-DACYGD#AABE, la Ley Nº 24.146, los Decretos Nros. 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero 2018, todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, 928 de fecha 10 de noviembre de 2017 y 950 de fecha 24 de octubre 2024, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APNAABE#JGM), la Resolución Nº 41 de fecha 26 de febrero de 2026 (RESOL-2026-41-APN-AABE#JGM), y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de Subasta Pública N° 392-0022-SPU26 para la venta del inmueble sito en la Calle sin nombre y Río Paraná de las Palmas, Localidad y Partido de CAMPANA, de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido 14 - Circunscripción I - Sección J - Fracción I - Parcela 13 f (parte), vinculado a los CIES Nº 0600037013/2 y Nº 0600002325/7, con una superficie de terreno total aproximada de SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (667.383,74 m2), de la cual deberá cederse a vía pública (incluyendo calle y aceras) una superficie sujeta a mensura de TREINTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (30.564 m2), y una superficie remanente pasible de ser trasmitida al adjudicatario de SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (636.819,74 m2), según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el artículo 1º de la Resolución N° 9 de fecha 8 de enero de 2026 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), en razón de la encomienda de la atención y firma del despacho de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.
Que mediante Resolución Nº 41 de fecha 26 de febrero de 2026 (RESOL-2026-41-APN-AABE#JGM) se revocó, en los términos del artículo 12 de la Ley Nº 24.146, la transferencia inmobiliaria a favor de la MUNICIPALIDAD DE CAMPANA de un sector del inmueble objeto de la presente medida, instruyéndose a notificar dicho acto administrativo a la mencionada Municipalidad y a recuperar la posesión del sector a favor del ESTADO NACIONAL. Asimismo, se autorizó la convocatoria a través del procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26 y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional y en el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 agosto de 2001 y su reglamentación, se cumplió con el requisito de publicidad de la convocatoria y difusión de la presente Subasta Pública.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS efectuó la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA con fechas 2 y 3 de marzo de 2026, así como en el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR y en el sitio web de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS emitió la Circular Nº 1 ACLARATORIA de fecha 16 de marzo de 2026, la cual fue debidamente publicada y difundida de conformidad a la normativa vigente.
Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en su carácter de Órgano Rector del Sistema Nacional de Contrataciones, mediante la Comunicación General Nº 4 de fecha 20 de marzo de 2026 (CGEOR-2026-4-APN-ONC#JGM) procedió a modificar de oficio las Aperturas (cierres de inscripción), como así también los cierres de consultas a los procesos, fijados con posterioridad al 20 de marzo de 2026.
Que en virtud de la citada comunicación la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS consideró conveniente emitir la Circular Nº 2 Modificatoria, de fecha 26 de marzo de 2026, estableciendo la prórroga de los plazos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la cual fue debidamente publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 27 de marzo de 2026, así como en el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR y en el sitio web de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que con fecha 6 de abril de 2026, se realizó el Acto de Cierre de Inscripción a la Subasta en el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR, de cuya acta surge que se presentó para participar del proceso de subasta la firma PAN AMERICAN ENERGY, S.L., SUCURSAL ARGENTINA (CUIT Nº 30-69554247-6).
Que con fecha 10 de abril de 2026 se emitió el Informe de Pre Selección identificado como IF-2026-36390739-APN-DCCYS#AABE, en el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR, del cual surge que se recomendó declarar admisible la presentación efectuada por la firma PAN AMERICAN ENERGY, S.L., SUCURSAL ARGENTINA, por haber dado cumplimiento a los requisitos administrativos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para participar del Acto de Subasta.
Que con fecha 13 de abril de 2026 se desarrolló el Acto de Subasta correspondiente al procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26, a través del Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR, emitiéndose el Resumen de Subasta, del cual se desprende que no se realizó lance alguno por parte del interesado PAN AMERICAN ENERGY, S.L., SUCURSAL ARGENTINA.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS mediante Informe IF-2026-37396568-APN-DCCYS#AABE de fecha 14 de abril de 2026, remitió a la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS el Resumen de Subasta emitido por el Sistema de Gestión Electrónico COMPR.AR, solicitando indicar si se procede a declarar desierto el proceso y si se considera pertinente a su vez, realizar un nuevo llamado.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, mediante el Informe IF-2026-37529503-APN-DAC#AABE de fecha 14 de abril de 2026 consideró pertinente declarar desierta la Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26 y mediante el Informe IF-2026-4594476-APN-DAC#AABE de fecha 7 de mayo de 2026 remitió un nuevo requerimiento.
Que la COMISIÓN EVALUADORA emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 8 de mayo de 2026, del cual surge que se recomienda declarar desierto el procedimiento Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26, toda vez que conforme surge del Resumen de Subasta emitido por el Sistema Electrónico COMPR.AR, no se registraron lances por parte de la firma PAN AMERICAN ENERGY, S.L., SUCURSAL ARGENTINA, conforme lo previsto en el artículo 11, inciso c) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.023/01, sus modificatorios y complementarios.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante Dictamen de Valor identificado bajo el IF-2026-07120742-APN-TTN#MEC, en la reunión de fecha 19 de enero de 2026 resolvió fijar el Valor Venal del terreno, al contado, desocupado, en la suma de PESOS DIEZ MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 10.316.500.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEIS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE (USD 6.994.237), informando, asimismo, un Valor Base de Venta, en los términos del Procedimiento Interno TTN 19.1, en la suma total de PESOS OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES ($ 8.769.000.000), o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y CINCO (USD 5.945.085), a fecha 7 de noviembre de 2025, al valor de cambio $/USD 1.475,00.
Que en tal sentido, la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS inició un nuevo procedimiento identificado como Subasta Pública Nº 392-0034-SPU26, elaborando el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.
Que a tal efecto corresponde aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la Subasta Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios.
Que atento lo expuesto, resulta procedente declarar desierta la Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26 y autorizar un nuevo llamado a Subasta Pública Nº 392-0034-SPU26 para la venta del inmueble en trato, en virtud de lo dispuesto por el artículo 11, incisos a), b) c) y f) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.023/01 y el artículo 9º, incisos a), b) d) y f) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.030/16, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias.
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16, resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos a), b), d) y f) del Reglamento Anexo al Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030/16 sus respectivas normas modificatorias y/o complementarias.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase lo actuado mediante el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26, que tiene por objeto la venta del Inmueble sito en la Calle sin nombre y Río Paraná de las Palmas, Localidad y Partido de CAMPANA, de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente como Partido 14 - Circunscripción I - Sección J - Fracción I - Parcela 13 f (parte), vinculado a los CIES Nº 0600037013/2 y Nº 0600002325/7, con una superficie de terreno total aproximada de SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (667.383,74 m2), de la cual deberá cederse a vía pública (incluyendo calle y aceras) una superficie sujeta a mensura de TREINTA MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (30.564 m2), y una superficie remanente pasible de ser trasmitida al adjudicatario de SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (636.819,74 m2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE# JGM).
ARTÍCULO 2º.- Declárase desierto el llamado a Subasta Pública Nº 392-0022-SPU26, por no haberse registrado lance alguno del interesado inscripto en el Acto de Subasta, conforme lo previsto en el artículo 11, inciso c) del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1.023/01, sus modificatorios y complementarios, y en el artículo 9º, inciso f) del Anexo al Reglamento del Régimen antes mencionado, aprobado por el Decreto N° 1.030/16.
ARTÍCULO 3º.- Autorízase la convocatoria, mediante el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0034-SPU26, para la venta del inmueble citado en el artículo 1° de la presente medida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución Nº 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el artículo 1º de la Resolución N° 9 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), de fecha 8 de enero de 2026, en razón de la encomienda de la atención y firma del despacho de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 4º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares identificado como PLIEG-2026-52940046-APN-DCCYS#AABE, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 7º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tania Yedro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/06/2026 N° 36731/26 v. 01/06/2026
Fecha de publicación 01/06/2026