MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 150/2025
RESOL-2025-150-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2025
Visto el expediente EX-2025-15578632-APN-SSGAI#MEC, la ley 25.164, los decretos 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y 70 del 10 de febrero de 2025, y la resolución 1 del 8 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE) y,
CONSIDERANDO:
Que a través del decreto 70 del 11 de febrero de 2025 se suprimieron los objetivos de la Secretaría de Desarrollo Territorial, Hábitat y Vivienda del Ministerio de Economía y los de sus dependientes Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Subsecretaría de Hábitat y Vivienda, y se dispuso que el personal de planta permanente con estabilidad adquirida quedaría sujeto a las previsiones de lo dispuesto por el artículo 11 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la ley 25.164, modificado por la ley 27.742.
Que el artículo 11 de la ley 25.164 establece que el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, o de reducción por encontrarse excedida, conforme surja del informe fundado del órgano competente en la materia, la dotación óptima necesaria, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un período máximo de hasta doce (12) meses, conforme lo establezca la reglamentación.
Que en el artículo 11 del anexo I al decreto 1421/02 se establecen las previsiones a las que se ajustará el régimen de disponibilidad aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad afectado por medidas de reestructuración o reducción de dotación óptima necesaria.
Que mediante la resolución 1 del 8 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE) se aprobó el régimen de personal en situación de disponibilidad aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad y afectado por medidas de reestructuración o de reducción de dotación óptima necesaria, en los términos del artículo 11 del anexo a la ley 25.164.
Que, en ese marco, resulta pertinente proceder conforme la normativa vigente y establecer que el personal detallado en el anexo IF-2025-16599385-APN-SSGAI#MEC que integra esta medida, queda en situación de disponibilidad.
Que el área competente de recursos humanos del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía.
Que esta medida se dicta en uso de las atribuciones previstas en el artículo 6° del anexo de la resolución 1/2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE).
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el personal de planta permanente con estabilidad adquirida, que se detalla en el anexo IF-2025-16599385-APN-SSGAI#MEC que integra esta medida, queda en situación de disponibilidad, por el plazo que en cada caso se indica, en los términos del artículo 11 del anexo I al decreto 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, reglamentario de la ley 25.164, como consecuencia de la supresión de la Secretaría de Desarrollo Territorial, Hábitat y Vivienda del Ministerio de Economía, y de sus dependientes Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Subsecretaría de Hábitat y Vivienda , dispuesta por el decreto 70 del 10 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 2°.- Limítase toda licencia sin goce de haberes, comisión de servicios, adscripción o asignación transitoria de funciones oportunamente dispuesta con relación al personal de la citada ex Secretaría de Desarrollo Territorial, Hábitat y Vivienda y de sus dependientes Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Subsecretaría de Hábitat y Vivienda, desde el dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a los agentes detallados en el anexo IF-2025-16599385-APN-SSGAI#MEC, que forma parte de esta resolución, lo dispuesto en esta medida, de conformidad y en los términos establecidos en el artículo 8° del anexo a la resolución 1 del 8 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-1-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 20/02/2025 N° 9405/25 v. 20/02/2025
Fecha de publicación 20/02/2025