ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Notifíquese a “FM DIGITAL” que en el expediente EX-2022-82936048-APN-SDYME#ENACOM se ha dictado la resolución RESOL-2024-780-APNENACOM#JGM, de fecha 23/09/2024, que en su parte resolutiva dice:
“ARTÍCULO 1º.- Aplícase al señor Ramón Orlando CAJAL (C.U.I.T. N° 20-16591546-2), titular de la licencia del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva “LRK851” que opera bajo la denominación “FM DIGITAL”, en la frecuencia 93.7 MHz., desde la localidad de JOAQUÍN V. GONZÁLEZ, provincia de SALTA, una sanción de MULTA (Artículo 6° del Anexo I de la Resolución N° 661-AFSCA/14, modificado por la RESOL-2022-589-APN-ENACOM#JGM) cuyo monto asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000), por haber generado, con fecha 26 de noviembre de 2022, emisiones no esenciales en el espectro de frecuencias comprendido entre 128,200 y 128,300 MHz dentro de la banda atribuida al Servicio Móvil Aeronáutico (117,975 a 136,000 MHz) causando interferencia perjudicial sobre la frecuencia de 128,250, utilizada por el Servicio de Control de Ruta, EAVA Tucumán, en infracción al Artículo 104 inciso c) de la Ley Nº 26.522. ARTÍCULO 2°.- El sancionado deberá hacer efectivo el pago del monto de la multa aplicada en el Artículo 1°, dentro de los DIEZ (10) días hábiles a contar desde la notificación de la presente. ARTÍCULO 3°.- Notifíquese al señor Ramón Orlando CAJAL (C.U.I.T. N° 20-16591546-2), comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL Y FISCALIZACIÓN, al ÁREA AUTORIZACIONES Y LICENCIAS y a la SUBDIRECCIÓN DE OBLIGACIONES DE PAGO Y ADMINISTRACIÓN DE COBRANZAS, y cumplido, archívese.” Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.
e. 22/10/2024 N° 74621/24 v. 24/10/2024
Fecha de publicación 23/10/2024