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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 3409/2022

DI-2022-3409-APN-DNRYRT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 17/07/2022

VISTO el Ex2020-01623097-APN-DGDMT#MPYT, del registro del anterior MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 23.546 (t.o.2004), y CONSIDERANDO:

Que en las páginas 14/78 de la CD-2020- 02389471-APN-MT del Expediente de referencia, obra el plexo convencional que renueva el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 850/07 “E” celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRICA y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A), en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el presente plexo convencional, será de aplicación en el ámbito correspondiente a la concesión de la Empresa EDESAL SOCIEDAD ANÓNIMA y a todo el personal en relación de dependencia que posea título universitario reconocido en el País y que se desempeñen en actividades existentes o a crearse en la Empresa, en correspondencia con el alcance personal y territorial emergente de la personería gremial de la Asociación sindical signataria.

Que en cuanto a la vigencia del referido Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa, se extenderá por cinco (5) años contados a partir del 1 de Junio de 2018.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería por ante esta Cartera de Estado.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que no obstante, es dable destacar que con relación a lo pactado en el inciso 1º del Artículo 22 - LICENCIAS Y PERMISOS –”Licencia Anual Ordinaria”, las precitadas partes deberán ajustarse a lo estipulado en el Artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo, como asimismo se deja constancia que la homologación del presente no suple la autorización administrativa prevista en la normativa citada “ut-supra”.

Que asimismo y con respecto a la contribución empresaria pactada en el Artículo 47 con destino a la Entidad sindical, resulta procedente hacer saber que la mismas deberá ser objeto de una administración especial, ser llevadas y documentadas por separado, respecto de la que corresponda a los demás bienes y fondos sindicales propiamente dichos, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4° del Decreto N° 467/88, reglamentario de la Ley N° 23.551.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales establecidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante RESOL-2021-301-APN-MT y su consecuente DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la Decisión Administrativa DA-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Declárese homologado el plexo convencional que renueva el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 850/07 “E” obrante en páginas 14/78 de la CD-2020- 02389471-APN-MT del Expediente de referencia, celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGÍA ELÉCTRICA por el sector gremial y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESAL S.A) por el sector empleador, en el marco de la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del plexo convencional que renueva el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 850/07 “E” obrante en páginas 14/78 de la CD-2020- 02389471-APN-MT del Ex2020-01623097-APN-DGDMT#MPYT.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante RESOL-2021-301-APN-MT y su consecuente DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 850/07 “E”.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de la renovación del referido Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Gabriela Marcello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/09/2022 N° 62996/22 v. 21/09/2022

Fecha de publicación 21/09/2022