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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INMUEBLES

Ley 27677

Transferencia.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

TRANSFIERASE A TÍTULO GRATUITO TRES INMUEBLES PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE MONTECARLO, MISIONES

Artículo 1°- Transfiérase a título gratuito a la Municipalidad de Montecarlo, provincia de Misiones, los dominios de los siguientes inmuebles:

a) Lote partida inmobiliaria 1.769, cuyos demás datos de dominio: se determina lote 2 de la subdivisión del lote 18B, Línea Bonita de la Colonia Montecarlo, Misiones, sin modificación ni restricción. Inscripto en mayor extensión al tomo 159 - Fo. 245 - finca 21.462 zona Misiones (99);

b) Lote partida inmobiliaria 9.301, cuyos demás datos de dominio: se determina lote 2, fracc. “a” - subd. div. lote 18-B. Línea Bonita, municipio y departamento de Montecarlo, Misiones;

c) Lote partida inmobiliaria 4.455, cuyos demás datos de dominio: se determina lote 18-B, fracc. “g”- manzana F- lote 9; municipio y departamento de Montecarlo, Misiones.

Artículo 2°-. La transferencia dispuesta en el artículo 1° se efectúa con cargo que la beneficiaria:

a) Lote partida inmobiliaria 1.769, lo destine al asiento de la sede municipal;

b) Lote partida inmobiliaria 9.301, lo destine a la construcción de viviendas del Plan Provincial 40 Viviendas Misioneras 2020 e Infraestructura;

c) Lote partida inmobiliaria 4.455, lo destine al asiento de la policía local.

Artículo 3°- El Poder Ejecutivo nacional adoptará las medidas pertinentes a los efectos de concluir las respectivas transferencias en el término de sesenta (60) días de la entrada en vigencia de la presente ley.

Artículo 4°- Establécese un plazo de diez (10) años para el cumplimiento de lo previsto en el artículo 2°; vencido el cual, sin que mediare observancia, procederá la retrocesión de dominio de estas transferencias de pleno derecho.

Artículo 5°- Los gastos que demande la presente ley estarán a cargo de la beneficiaria.

Artículo 6°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS.

REGISTRADA BAJO EL N° 27677

CLAUDIA LEDESMA ABDALA DE ZAMORA - SERGIO MASSA - Marcelo Jorge Fuentes - Eduardo Cergnul

e. 18/07/2022 N° 55077/22 v. 18/07/2022

Fecha de publicación 18/07/2022