COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 390/2021
DI-2021-390-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2021
Visto el expediente EX-2021-29705325-APN-DCSYL#CNRT; y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0013-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 5/2021, llevada a cabo con el objeto de adquirir Insumos y elementos de protección para el personal, que se encuentra prestando funciones en el marco de la pandemia de COVID-19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, mediante nota NO-2021-23669942-APN-SRRHH#CNRT, ante la necesidad de dotar al personal de los insumos y elementos de protección necesarios para un desarrollo seguro de sus funciones, brindando un servicio seguro, tanto para los trabajadores de nuestro Organismo, como para el público en general, en el marco de pandemia por COVID-19.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al expediente de la referencia como IF-2021-33141750-APN-DCSYL#CNRT, obrante en el Orden Nro. 14 del expediente de la referencia, todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-30102075-APN-DCSYL#CNRT, que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.
Que con fecha 13 de abril de 2021, se efectuó el Acto de Apertura, generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose las ofertas de las firmas ESTABLECIMIENTO MAFELU S.A.S (CUIT N° 30716914956), ERGB INSUMOS Y SOLUCIONES MÉDICAS S.A.S (CUIT N° 30716897245), ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT N° 27169109120), EL CACIQUE LIMPIEZA SRL (CUIT N° 30710819552), SECAVIT SA (CUIT N° 33715379959), TRIGEMIO S.R.L. (CUIT N° 30711544581), JONATHAN EMANUEL ROTHAR (CUIT N° 20306399226), MANGATA GROUP SAS. (CUIT N° 30716354373), GUILLERMO ANDRES GALVAN (CUIT N° 20278335187), JUAN CARLOS CARDINALE SRL (CUIT N° 30709301256) VIVIANA MARIA LUJAN GIMENEZ (CUIT N° 27273865735), NORCA SRL (CUIT N° 30537321160), PEDRO GUSTAVO BARACCO (CUIT N° 20162673522), PROVEX SRL (CUIT N° 30715170961) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT N° 30656875786).
Que, analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe IF-2021-36974581-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar del siguiente modo, a las firmas: PROVEX S.R.L. los renglones Nro. 1 2 y 4 por un monto de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 47.472.-), JUAN CARLOS CARDINALE SRL los renglones Nro.3 y 10 por un monto de PESOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 84/100 ($ 24.588,84-), ESTABLECIMIENTO MAFELU S.A.S, el renglón Nro.5 por un monto de PESOS CINCO CIEN MIL ($ 5.100.-), PEDRO GUSTAVO BARACCO los renglones Nro. 6 y 7 por un monto de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 8.377.-), y VIVIANA MARIA LUJAN GIMENEZ el renglón Nro.9 por un monto de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($ 14.400.-) ; por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado, a la normativa vigente para este tipo de procedimientos, y a la opinión vertida por el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, en su nota NO-2021-36191413-APN-DARRHH#CNRT.
Que en ese mismo orden de ideas, aconseja desestimar las ofertas de PROVEX S.R.L. y el señor PEDRO GUSTAVO BARACCO presentadas para el Renglón Nro. 3, toda vez que la misma no ha dado cumplimiento a lo solicitado en el CAPITULO II- ESPECIFICACIONES TECNICAS que forma parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el presente proceso; la presentada por la señora VIVIANA MARIA LUJAN GIMENEZ y SECAVIT SA, correspondientes al Renglón Nro. 8 de conformidad con lo expresado por el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, en su nota NO-2021-36191413-APN-DARRHH#CNRT; y por último, desestimar la totalidad de la oferta presentada por la señora ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, ya que no ha dado cumplimiento a lo solicitado en el artículo 4.3.4 y 4.3.5. inherente a la presentación de los anexos y documentación que forman parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los cuales resultan necesarios para una correcta evaluación.
Que, corresponde declarar fracasado el Renglón Nros. 8, toda vez que las ofertas recibidas para el mismo no han dado cumplimiento a lo solicitado en el CAPITULO II- ESPECIFICACIONES TECNICAS de conformidad con lo expresado por el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, en su nota NO-2021-36191413-APN-DARRHH#CNRT.
Qué asimismo, el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, mediante su nota NO-2021-36191413-APN-DARRHH#CNRT informó al DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA, en lo inherente al renglón Nro. 9, correspondiente a la adquisición de mamparas de protección, que habiéndose modificado las necesidades oportunamente requeridas y en virtud de las facultades determinadas por la normativa, consideró oportuno y conveniente, adjudicar parcialmente el mencionado renglón, por la cantidad de DOS (2) mamparas sanitarias cuyas medidas son 1.35.x0.70 mts.
Que es importante mencionar que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (PLIEG-2021-30102075-APN-DCSYL#CNRT) que rigió la presente convocatoria, fue publicado con fecha de 7 de abril de 2021, y la modificación del requerimiento se realizó con fecha 26 de abril de 2021, razón por la cual no pudo rectificarse el mencionado pliego.
Que a tal efecto, mediante correo electrónico el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y LOGÍSTICA (IF-2021-40543448-APN-DCSYL#CNRT) procedió a notificar a la firma cuya oferta se habría recomendado su adjudicación a fin de que tome conocimiento de dicha situación, la cual dió respuesta al aludido correo, prestando conformidad a la misma.
Que en virtud de lo consignado en los considerandos anteriores, el monto total a adjudicar parcialmente a la firma VIVIANA MARIA LUJAN GIMENEZ para el renglón Nro. 9, por la cantidad de DOS (2) mamparas sanitarias, considerando la modificación señalada, asciende a la suma de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($ 14.400.-).
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES, informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la presente medida.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35, y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0013-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº 5/2021, llevada a cabo para adquirir Insumos y elementos de protección para el personal, que se encuentra prestando funciones en el marco de la pandemia de COVID-19, de conformidad con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2021-30102075-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicase a la firma: PROVEX S.R.L. los renglones Nros. 1 2 y 4 por un monto total de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS ($ 47.472.-), a la firma JUAN CARLOS CARDINALE SRL, los renglones Nros.3 y 10 por un monto total de PESOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 84/100 ($ 24.588,84-), a la firma ESTABLECIMIENTO MAFELU S.A.S, el renglón Nro.5 por un monto total de PESOS CINCO CIEN MIL ($ 5.100.-), a la firma PEDRO GUSTAVO BARACCO, los renglones Nros. 6 y 7 por un monto total de PESOS OCHO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE ($ 8.377.-) ,y a la firma VIVIANA MARIA LUJAN GIMENEZ, el renglón Nro.9, parcialmente, por la cantidad de DOS (2) mamparas sanitarias por un monto total de PESOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS ($ 14.400.-); por resultar sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a los valores de mercado, a la normativa vigente para este tipo de procedimientos, y a la opinión vertida por el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS, en su nota NO-2021-36191413-APN-DARRHH#CNRT.
ARTÍCULO 4º.- Desestimase las ofertas presentadas por las PROVEX S.R.L. y PEDRO GUSTAVO BARACCO, para el Renglón Nro. 3; las ofertas presentadas por VIVIANA MARIA LUJAN GIMENEZ ySECAVIT SA, por el Renglón Nro. 8; y la oferta presentada por ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Declárese fracasado el Renglón Nro. 8 toda vez que no se han recibido ofertas técnicas y formalmente admisibles para el mismo.
ARTÍCULO 6º.- Establécese que intervendrán en la recepción de los bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Disposición por el monto total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE CON 84/100 ($ 99.937,84-), se imputará con cargo para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 8º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 9º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N° 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 10º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en el sistema de contrataciones electrónicas “COMPR.AR” ingresando el número de proceso.
e. 31/05/2021 N° 36456/21 v. 31/05/2021
Fecha de publicación 31/05/2021