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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 160/2021

ACTA N° 1688

Expediente ENRE N° EX-2019-103808247-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 27 DE MAYO DE 2021

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Rechazar el descargo presentado con fundamento en las razones expuestas en los considerandos de la Resolución N° RESOL-2019-8-APN-ARYEE#ENRE de fecha 22 de noviembre de 2019 y sancionar a CAPEX SOCIEDAD ANÓNIMA (CAPEX S.A.) con una multa de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS UNO ($ 3.497.601) por el incumplimiento de las obligaciones emergentes del Procedimiento Técnico (PT) N°4 que integra Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios aprobados por Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA (SEE) N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 y sus modificatorias y complementarias (-Los Procedimientos- texto según Resolución de la Ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO (Ex SRRyME) N° 7 de fecha 26 de marzo de 2019), con respecto a sus obligaciones en el cumplimiento de los Rangos de Frecuencia Admisibles de Operación. 2.- CAPEX S.A. deberá depositar el importe de la multa establecida en el artículo 1 de esta resolución dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente, en la Cuenta Corriente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. 3.- CAPEX S.A. deberá entregar al ENRE copia firmada por su representante o apoderado de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo precedente, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. 4.- Notifíquese a CAPEX S.A. y hágase saber que: a) Se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto y; b) La presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i) Por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/1972 T.O. 2017, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos así como también; ii) En forma subsidiaria o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 76 de la Ley N° 24.065 y en el artículo 94 del citado reglamento, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos y; iii) Mediante recurso directo por ante la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL contemplado en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales. 5.- Notifíquese a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y a CAMMESA. 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente administrativa, Secretaria del Directorio.

e. 31/05/2021 N° 36132/21 v. 31/05/2021

Fecha de publicación 31/05/2021