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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 599/2021

RESOL-2021-599-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2021

VISTO el EX-2020-27495718-APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, Nº 520 de fecha 7 de junio de 2020 y complementarios, y las Resoluciones INCAA N° 1 de fecha 2 de enero de 2017 y sus modificatorias, N° 1465- E de fecha 26 de septiembre de 2019, N° 115-E de fecha 10 de marzo de 2020, N° 343-E de fecha 2 de julio de 2020, N° 628-E de fecha 20 de octubre de 2020, N° 833-E de fecha 29 de diciembre de 2020 y N° 293-E de fecha 19 de Marzo de 2021, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que por Resolución INCAA N° 01/2017 se creó el COMITÉ DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN que estará compuesto por CINCO (5) miembros integrantes, los cuales serán seleccionados entre Productores, Directores, Guionistas Cinematográficos, Actores Nacionales y Técnicos de la Industria Cinematográfica Nacional con debida trayectoria y experiencia.

Que por Resolución INCAA N° 1465-E/2019 se designaron como miembros del COMITÉ DE EVALUACIÓN N° 8 DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN a la Productora María Saula BENAVENTE GALÁN (D.N.I. N° 22.825.146), al Director Nemesio Héctor JUÁREZ (D.N.I. N° 4.584.504), al Guionista Benjamín NAISHTAT (D.N.I. N° 32.236.556), al Técnico Mariano CUKAR (D.N.I. N° 20.616.272) y al Actor Enrique David DUMONT (D.N.I. N° 21.553.670).

Que por Resoluciones INCAA N° 115-E/2020, N° 343-E/2020, N° 628-E/2020, N° 833-E/2020 y N° 293/2021 se prorrogaron la funciones del COMITÉ DE EVALUACIÓN N° 8 DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN por el período de TRES (3) meses a partir del día 10 de abril de 2021 o hasta tanto el Consejo Asesor designe a los nuevos miembros.

Que conforme surge de IF-2021-40950757-APN-SGFPA#INCAA el Señor Benjamín NAISHTAT presentó la renuncia al Comité por razones personales vinculadas a compromisos laborales y de IF-2021-41128769- SGFPA#INCAA el Señor Nemesio Héctor JUÁREZ presentó documento de no aceptación al cargo como miembro de Comité cuyas funciones fueron prorrogadas por Resolución INCAA N° 293-E/2021 por razones personales vinculadas a la salud que hacen imposible continuar como miembro del Comité.

Que conforme ello y con el objeto que continúe funcionando el Comité con CUATRO (4) miembros, corresponde aceptar las renuncias de los miembros del Comité y designar en su reemplazo a la miembro suplente del Comité que nombró el Consejo Asesor oportunamente en virtud del Acta que obra agregada en el Expediente como IF-2021-40950877-SGFPA#INCAA.

Que la Señora María Inés MOYANO será quien reemplace al miembro renunciante y su designación tendrá vigencia hasta la finalización del funcionamiento del Comité en virtud de los plazos establecidos en la Resolución INCAA N° 293-E/2021.

Que por Resolución INCAA N° 293-E/2021 y habida cuenta la cantidad de proyectos que se encuentran para el análisis de los Comités, las medidas de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” dictadas por el Gobierno Nacional mediante Decreto Nº 520/2020 y su respectiva normativa modificatoria y complementaria, en virtud de la emergencia sanitaria derivada de la pandemia generada por el COVID-19 y en el entendimiento de continuar con el tratamiento de los mismos con el objeto de llevar a cabo las medidas de fomento en virtud de lo establecido en la Resolución INCAA N° 01/2017 y sus modificatorias, resulta necesario prorrogar el funcionamiento del Comité por el plazo de TRES (3) meses a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución INCAA N° 833-E/2020 o hasta tanto el Consejo Asesor designe a los nuevos miembros, a fin de poder expedirse sobre la totalidad de los proyectos que se encuentran en condiciones.

Que por la labor llevada a cabo se abona una suma determinada en concepto de honorarios conforme la condición impositiva.

Que los integrantes del Comité mencionado fueron designados conforme lo establecido en el artículo 5º y concordantes, de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, por el Consejo Asesor nombrado por el Decreto Nº 877/2017.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de los artículos 2º y 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los Decretos Nº 1536/2002 y N° 90/2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia de los Señores Director Nemesio Héctor JUÁREZ (DNI N° 4.584.504) y Guionista Benjamín NAISHTAT (DNI N° 32.236.556) como miembros del COMITÉ DE EVALUACIÓN N° 8 DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN.

ARTÍCULO 2º.- Designar como miembro del COMITÉ DE EVALUACIÓN N° 8 DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN a la Señora María Inés MOYANO (D.N.I. N° 20.874.106), quien cesará en sus funciones una vez finalizado el funcionamiento del Comité conforme los términos y plazos establecidos en la Resolución INCAA N° 293-E/2021.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que el monto a abonar en concepto de honorarios a la Señora María Inés MOYANO por las tareas encomendadas, por el tiempo que lleve a cabo su función, será abonado de manera mensual por el período de TRES (3) meses o hasta que efectivamente termine sus funciones al momento de la nueva designación que efectúe el Consejo Asesor la suma de PESOS TRECE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 13.750,00.-), teniendo en cuenta la condición impositiva.

ARTÍCULO 4º.- Dejar sin efecto el artículo 4 de la Resolución INCAA N° 293-E/2021 en cuanto a los honorarios de los Señores Director Nemesio Héctor JUÁREZ (DNI N° 4.584.504) y Guionista Benjamín NAISHTAT (DNI N° 32.236.556) como miembros del COMITÉ DE EVALUACIÓN N° 8 DE PROYECTOS DE FICCIÓN Y ANIMACIÓN.

ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto a la partida presupuestaria correspondiente, sujeto a la disponibilidad presupuestaria del Organismo.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Luis Adalberto Puenzo

e. 28/05/2021 N° 36088/21 v. 28/05/2021

Fecha de publicación 28/05/2021