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Tercera sección


MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Licitación Pública 4/2020

UOC: 501/000-Ministerio de Obras Públicas Ejercicio: 2020 Clase: Única Nacional Modalidad: Unidad Medida; Expediente N°: EX-2020-69480616- -APN-DCYS#MOP Tipo de Circular: Modificatoria Con consulta Número de Circular: 9 Año de Circular: 2021 Fecha de Circular: 26-01-2021 Objeto: Construcción y rehabilitación de corredores urbanos en Área Metropolitana de Buenos Aires Prog MAS Texto de la Circular: A los participantes e interesados de la obra que licita como Licitación Pública Nacional N° 501-0004-LPU20, se les informa respecto a sus consultas: CONSULTA N° 8 de fecha 18 de enero de 2021:... 2) En la planilla de cotización de la zona 3, la unidad del ítem 4.1.1 es m3 cantidad 22.175,03). Solicitamos confirmar dicha unidad. Atentamente. RESPUESTA: Conforme lo informado por la Dirección Nacional de Infraestructuras del Transporte mediante el Memorándum N° ME-2021-05636491-APN-DNIT#MOP se trata de un error de tipeo, la unidad correcta con la que debe computarse es METROS CUADRADOS (m2). CONSULTA N° 15 de fecha 22 de enero de 2021: Dada la cantidad del ítem 4.1.1 “Ejecución de contrapiso liviano de Hª8. Espesor entre 8 y 12 cm sobre terreno natural...”, se solicita ratificar o rectificar la unidad de producción en la que deberá cotizarse. RESPUESTA: La consideración de medida del ítem 4.1.1 de la planilla de cotización de la Zona 3, aplica a todas las zonas (1, 2, 4 y 5) según lo indicado, mediante el Memorándum N° ME-2021-05955161-APN-DNIT#MOP, por la Dirección Nacional de Infraestructuras del Transporte. CONSULTA N° 16 de fecha 22 de enero de 2021: Se solicita ratificar o rectificar las unidades de medida de los items 7.1.4, item 7.1.5, item 7.1.6, item 7.1.7 e ítem 7.1.8, los cuales figuran con por unidad el metro cuadrado (m2). RESPUESTA: En atención a lo indicado por la Dirección Nacional de Infraestructuras del Transporte a través del Memorándum N° ME-2021-06778916-APN-DNIT#MOP, se rectifican las unidades de medida de los ítems 7.1.4, ítem 7.1.5, ítem 7.1.6, ítem 7.1.7 e ítem 7.1.8, los cuales figuran actualmente como unidad de medida METRO CUADRADO (m2) y deberán figurar como METROS LINEALES (ml). ACLARACIÓN: Con relación a las modificaciones de las unidades de medida de los Ítems arriba referidos, los oferentes tienen la posibilidad de modificar y corregir en sus proyectos adquiridos las unidades de medida mencionadas con el fin de que cargar sus ofertas sin errores. En caso de no realizarse dicha corrección se tomarán como cotizadas con las unidades de medida indicadas en la presente circular. SE HACE SABER QUE ÚNICAMENTE DEBERÁN MODIFICARSE LAS UNIDADES DE MEDIDA INDICADAS EN ESTA CIRCULAR MODIFICATORIA. NO QUEDANDO AUTORIZADOS A REALIZAR NINGUNA OTRA MODIFICACIÓN EN LOS PROYECTOS QUE NO SE ENCUENTRE EXPRESAMENTE INDICADA EN ESTA CIRCULAR U OTRA QUE CON POSTERIORIDAD SE EMITA.

e. 27/01/2021 N° 3557/21 v. 27/01/2021

Fecha de publicación 27/01/2021