ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Licitación Pública 43/2017
Clase/Causal del procedimiento: Etapa Única Nacional Modalidad: Sin Modalidad Nº de Expediente: EX-2017-11375790-ANSES-DC#ANSES Objeto de la contratación: Contratación de UN (1) servicio integral de limpieza, su mantenimiento y servicios eventuales en Edificios de las Jefaturas Regionales Norte, Noroeste, Noreste y sus dependencias, por un período de DOCE (12) meses, con opción exclusiva a favor del Organismo de prorrogar el mismo por única vez e idéntico período. Se comunica que mediante RESOL-2020-236-ANSES-ANSES de fecha 30 de junio de 2020 se ha resuelto: ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el procedimiento realizado el marco de la Licitación Pública N° 43/17, enmarcada según lo previsto en el artículo 25 inciso a) del Decreto Delegado Nº 1023/01, en concordancia con el artículo 10 del Reglamento aprobado por el Decreto Reglamentario Nº 1030/16, tendiente a contratar un servicio integral de limpieza, su mantenimiento y servicios eventuales para edificios de la Jefatura Regional Norte, Noroeste y Noreste, y sus respectivas dependencias, con provisión de insumos de higiene y limpieza, por un período de DOCE (12) meses, con opción exclusiva a favor del Organismo de prorrogar el mismo por única vez y por idéntico período. ARTÍCULO 2º.- Hágase lugar parcialmente, en el marco de la Licitación Pública N° 43/17, al Recurso de Reconsideración con Jerárquico en subsidio interpuesto por LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. contra la Resolución N° RESOL-2019-134-ANSES-ANSES, conforme las consideraciones vertidas en la presente Resolución. ARTÍCULO 3º.- Revócase la Resolución del registro de ésta ADMISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL N° RESOL-2019-134-ANSES-ANSES, por los argumentos vertidos en la presente Resolución. ARTÍCULO 4°.- Hágase saber a REX ARGENTINA S.A., LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A y LIMPOL S.A. que con el dictado de la presente queda agotada la instancia administrativa quedando expedita la vía judicial, no obstante lo cual, podrán interponer el recurso de alzada ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del Decreto N° 1759/72.
e. 03/07/2020 N° 26392/20 v. 03/07/2020
Fecha de publicación 03/07/2020