Edición del
1 de Abril de 2026

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

Resolución Nº 57/2013

Bs. As., 21/2/2013

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear Nº 24.804, su Decreto Reglamentario Nº 1.390/98, la Norma Básica de Seguridad Radiológica AR 10.1.1. - Revisión 3, el Régimen de Tasas de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) aprobado por Resolución Nº 76/08, la Resolución del Directorio Nº 83/12, la Actuación Nº 7609/12, lo actuado por la Gerencia Seguridad Radiológica, Física y Salvaguardias y las Subgerencias Control de Instalaciones Radiactivas Clase I y del Ciclo de Combustible Nuclear, Control de la Seguridad Física de las Prácticas y Control de las Salvaguardias, el Consejo Asesor para el Licenciamiento del Personal de Instalaciones Clase I (Relevantes) y Clase II y III (No Relevantes) del Ciclo de Combustible Nuclear (CALPIR), y el Proyecto de Actualización del Sistema de Licencias de ARN, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido en el Artículo 9, inciso a) de la Ley Nº 24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPUBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, inciso c), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios del material radiactivo.

Que mediante Resolución del Directorio Nº 83/12 se aprobó el Plan de Trabajo y Presupuesto del año 2012, definiendo las actividades del Proyecto U2-P01 entre las que se incluye la preparación del contenido y formato de licencias para las instalaciones Clase I y II (excepto las prácticas de uso médico y algunas de uso industrial).

Que la empresa INVESTIGACION APLICADA SOCIEDAD DEL ESTADO (INVAP S.E.) solicitó a esta ARN el otorgamiento de la Licencia de Operación de la Instalación Clase ll denominada LABORATORIO DE QUIMICA - LABAN, ubicada en el Centro Atómico Bariloche (CAB).

Que la Gerencia Seguridad Radiológica, Física y Salvaguardias a través de las Subgerencias Control de Instalaciones Radiactivas Clase I y del Ciclo de Combustible Nuclear, Control de la Seguridad Física de las Prácticas y de Control de las Salvaguardias, el Consejo Asesor para el Licenciamiento del Personal de Instalaciones Clase I (Relevantes) y Clase II y III (No Relevantes) del Ciclo de Combustible Nuclear (CALPIR), y el Proyecto de Actualización del Sistema de Licencias de ARN, recomendó dar curso favorable a la Solicitud de otorgamiento de la Licencia de Operación Clase ll a la instalación LABORATORIO DE QUIMICA - LABAN de INVAP S.E., ubicada en el CAB, por cuanto se ha dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para dicho trámite.

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURIDICOS y de ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 inciso c) y 22 inciso a) de la Ley Nº 24.804.

Por ello, en su reunión del 19 de febrero de 2013 (Acta Nº 3).

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Aprobar el otorgamiento de la Licencia de Operación para la instalación LABORATORIO DE QUIMICA - LABAN de la empresa INVESTIGACION APLICADA SOCIEDAD DEL ESTADO (INVAP S.E.) ubicada en el CENTRO ATOMICO BARILOCHE, cuya versión, como Anexo, es parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2° — La GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS entregará original de la Licencia de Operación a la empresa INVESTIGACION APLICADA SOCIEDAD DEL ESTADO (INVAP S.E.), en su carácter de Entidad Responsable de la instalación citada.

ARTICULO 3° — Comuníquese a la SECRETARIA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLOGICA, FISICA Y SALVAGUARDIAS, a los fines correspondientes. Dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETIN OFICIAL de la REPUBLICA ARGENTINA, publíquese en el Boletín de este Organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Dr. FRANCISCO SPANO, Presidente del Directorio.

e. 04/03/2013 Nº 11180/13 v. 04/03/2013

Fecha de publicación 04/03/2013