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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PERSONAL MILITAR

Decreto 1923/2012

Nómbrase Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la Embajada de la República Argentina en la República Francesa, con extensión sobre la Confederación Suiza, Reino de Bélgica y la República Portuguesa.

Bs. As., 10/10/2012

VISTO lo informado por el señor Jefe del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor MINISTRO DE DEFENSA, y

CONSIDERANDO:

Que es de interés para el Estado Nacional y las Fuerzas Armadas, mantener las Agregadurías de Defensa en el Exterior a los fines de estrechar los lazos de cooperación y amistad entre las Fuerzas Armadas de la región pertinente.

Que es necesario proceder al relevo del Personal Militar Superior de las Fuerzas Armadas que cumple funciones en el exterior como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico.

Que el MINISTERIO DE DEFENSA seleccionó al Capitán de Navío D. Félix Eugenio PLAZA para desempeñarse como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FRANCESA, con extensión sobre la CONFEDERACION SUIZA, el REINO DE BELGICA y la REPUBLICA PORTUGUESA.

Que la Asesoría Jurídica del ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DEFENSA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida que se propone encuadra en las atribuciones emergentes conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA y el Artículo 10 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Nómbrase a partir del 1 de octubre de 2012, como Agregado de Defensa, Militar, Naval y Aeronáutico a la EMBAJADA de la REPUBLICA ARGENTINA en la REPUBLICA FRANCESA, con extensión sobre la CONFEDERACION SUIZA, el REINO DE BELGICA y la REPUBLICA PORTUGUESA al Capitán de Navío D. Félix Eugenio PLAZA (DNI Nº 14.951.016).

Art. 2° — Otórgase carácter de permanente a la presente comisión, la que tendrá una duración de SETECIENTOS TREINTA (730) días.

Art. 3° — El ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA (Contraloría General Naval), procederá a liquidar y abonar los montos correspondientes, conforme a las normas y reglamentaciones en vigencia, a efectos de cumplir con la designación establecida.

Art. 4° — Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto serán imputados a las partidas del Presupuesto General de la Administración Nacional del Ejercicio 2012 y a los créditos que a tal efecto se prevean para los años sucesivos - Subjurisdicción 4522 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

Art. 5° — Por la DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL se otorgarán los pasaportes correspondientes.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman. — Arturo A. Puricelli.

Fecha de publicación 17/10/2012