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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Decreto 275/2025

DECTO-2025-275-APN-PTE - Estructura organizativa. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-39096460-APN-DGDA#MEC y los Decretos Nros. 953 del 24 de octubre de 2024 y 13 del 6 de enero de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 953/24 se disolvió la entonces ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), organismo autárquico actuante en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y se creó la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA) como ente autárquico en la órbita del citado Ministerio.

Que por el Decreto N° 13/25 se aprobó la estructura organizativa de la referida Agencia hasta nivel de Subdirección General inclusive, y se facultó a su Director Ejecutivo a efectuar las adecuaciones y a aprobar la estructura organizativa de segundo nivel operativo.

Que luego de la entrada en vigencia de la precitada estructura organizativa de primer nivel operativo se han detectado funciones a cargo de las distintas áreas que conforman el mencionado Organismo que deberían adecuarse para el logro de una gestión más transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común.

Que esta gestión de gobierno tomó distintas medidas tendientes al logro de una mayor eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos asignados a las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, a cuyo efecto se encuentra abocado a la adecuación de las distintas estructuras organizativas de las mismas para el logro de dicho fin.

Que la presente medida no implica incremento en la cantidad de unidades organizativas que conforman la Administración Pública Nacional.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO ha tomado la intervención que le compete.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-39135331-APN-SLYA#MEC) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 2º.- Sustitúyese el Anexo II aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 por el que, con igual denominación, obra en la PLANILLA ANEXA (IF-2025-39135218-APN-SLYA#MEC) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.

ARTÍCULO 3º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subdirección General, con sus responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha.

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Luis Andres Caputo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 16/04/2025 N° 7107/2025 v. 16/04/2025



Fecha de publicación 16/04/2025