MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución Nº 653/2011
Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social del Centro de Docentes e Investigadores de la Universidad del Comahue (CEDIUNCO).
Bs. As., 2/6/2011
VISTO el Expediente Nº 90.267/10 del Registro de la DELEGACION REGIONAL NEUQUEN, del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y
CONSIDERANDO:
Que el CEDIUNCO CENTRO DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL COMAHUE, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.
Que la mencionada asociación sindical obtuvo Inscripción Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 893 de fecha 21 de octubre de 2005 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y se halla registrada bajo el Nº 2414.
Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerá esta normativa de pleno derecho sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.
Que la entidad peticionante mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.
Que se deja constancia que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a las pautas ordenadas por la Ley 25.674 y su Decreto Reglamentario Nº 467 de fecha 7 de marzo de 2003.
Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.
Por ello,
EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Apruébase la modificación realizada al texto del Estatuto Social del CEDIUNCO CENTRO DE DOCENTES E INVESTIGADORES DE LA UNIVERSIDAD DEL COMAHUE, obrante a fojas 90/171, del Expediente Nº 90.267/10, respecto de los artículos 5 y 55, de conformidad con las disposiciones de la Ley 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88. Los mencionados artículos pasarán a formar parte del texto de Estatuto que fuera aprobado oportunamente por Resolución Nº 893 de fecha 21 de octubre de 2005 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ARTICULO 2º — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario, por lo que no implica innovar sobre los ámbitos personal y territorial reconocidos a la entidad por este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
ARTICULO 3º — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.
ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Fecha de publicación 09/06/2011