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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución N° 652/2011

Apruébase el texto del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Mensualizados de los Hipódromos Argentino, San Isidro y sus Anexos.

Bs. As., 2/6/2011

VISTO el Expediente Nº 1.364.308/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, sus modificatorias por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390; Decretos Reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADOS DE LOS HIPODROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y SUS ANEXOS, solicita la aprobación de la modificación parcial de su estatuto social.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Personería Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución Nº 176 de fecha 8 de abril de 1960 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, se encuentra registrada bajo el Nº 365.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad al que hace referencia el artículo 7 del Decreto Nº 467 de fecha 14 de abril de 1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por dicha entidad se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88, no obstante lo cual prevalecerá esta normativa, de pleno derecho, sobre el estatuto en cuanto pudiere oponerse.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial de su Personería Gremial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que dado que la reforma incluye la incorporación de nuevos artículos produciendo el corrimiento en la numeración del articulado, se hace necesaria la aprobación íntegra del texto del estatuto de la entidad de autos y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 23 inciso 7º de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto Nº 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase el texto del Estatuto Social del SINDICATO DE TRABAJADORES MENSUALIZADOS DE LOS HIPODROMOS ARGENTINO, SAN ISIDRO Y SUS ANEXOS, obrante a fojas 18/25 del Expediente Nº 1.364.308/09, de conformidad con las disposiciones de la Ley Nº 23.551 y Decreto Reglamentario Nº 467/88.

ARTICULO 2º — Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene alcance meramente estatutario y no podrá ser invocada por la Asociación Sindical como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley 23.551.

ARTICULO 3º — Establécese que dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada que establece la Resolución Nº 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, bajo apercibimiento de no dar curso a petición alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Fecha de publicación 09/06/2011