ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
DVSAPLA 2 Código Aduanero (Ley 22.415, arts. 1013 inc. h) y 1101).
EDICTO Nº 116/11
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución “...Artículo 1º: Archivar la presente denuncia en los términos de la citada Instrucción Nº 02/07, debiendo previo a la entrega de la mercadería correspondiente al Renglón 2.1 y 8.1 del Acta Lote”... “presentar el Certificado de Lealtad Comercial conforme lo normado en la Res. 92/98, respecto de las restantes intervenciones que correspondan, en caso de no presentar los mencionados certificados autorizantes se procederá a la destrucción de las mismas o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art. 4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa Nº 57/07. Asimismo deberá previamente proceder a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden, o en su defecto proceder de acuerdo a la Secc., V, Tít. II de la Ley 22.415. Fdo.: Abog. CARLOS CAZZOLATO, Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE | IMPUTADO | ACTA Nº | RESOLUCION |
12201-278-2006 | JOSE ALISSI (DNI Nº 14.264.344) | Acta Lote Nº 06001ALOT000190V | 1047/11 |
Abogada SILVINA I. DE BISOGNO, Firma Responsable (Int.), Secretaría de Actuación Nº 2, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.
e. 09/06/2011 Nº 69392/11 v. 09/06/2011
Fecha de publicación 09/06/2011