ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 770/2026
Resolución RESFC-2026-770-APN-DIRECTORIO#ENREGE
Expediente EX-2026-84045910-APN-USDE#ENREGE
Buenos Aires, 13 de OCTUBRE de 2026
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD ha resuelto ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por la empresa ESTABLECIMIENTO DON GUILLERMO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (ESTABLECIMIENTO DON GUILLERMO S.R.L.) para su Central Térmica a Biomasa (CTBM) EDG BIOENERGÍA con una potencia de TRES MEGAVATIOS (3 MW), ubicada en el Departamento de Eldorado, Provincia de MISIONES, a vincularse en TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) a las instalaciones de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD ELDORADO LTDA (CEEL), la cual se vincula al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en barras de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora (ET) Eldorado, jurisdicción de ENERGÍA DE MISIONES SOCIEDAD ANÓNIMA (EMSA), quien actuará en calidad de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- Establecer que la publicación ordenada en el artículo 1 de este Acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENReGE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de internet por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos. Así también, se otorga un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde la última publicación efectuada, para que quién lo considere procedente, presente por escrito, ante el ENReGE, un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnicoeconómico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de que se plantee una oposición fundada o que sea común a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública a fin de recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 de este acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1 y se procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente” de la página de Internet del Ente y se informará a las partes. 5.- Ordenar que, una vez aprobado el Acceso al Sistema de Transporte Existente para la CTBM EDG BIOENERGÍA, la empresa ESTABLECIMIENTO DON GUILLERMO S.R.L. deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, EMSA, CEEL y la USPyMA del ENReGE. 6.- Notificar a ESTABLECIMIENTO DON GUILLERMO S.R.L, EMSA, CEEL y CAMMESA. 7.- Registrar, comunicar, publicar en extracto, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Firmado: Héctor Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serra. -
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Unidad Secretaría de Directorio - Electricidad.
e. 15/10/2026 N° 76183/26 v. 15/10/2026
Fecha de publicación 15/10/2026