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15 de Octubre de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

Resolución 383/2026

RESOL-2026-383-APN-MCH

Ciudad de Buenos Aires, 13/10/2026

VISTO el Expediente Nº EX-2024-77781901- -APN-DD#ME, la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus modificatorias, la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias, la Ley Nº 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2026, los Decretos Nros. 167 de fecha 2 de marzo de 2018, 579 de fecha 3 de julio de 2024, las Resoluciones Nros. 471 de fecha 28 de mayo de 2024 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN, 672 de fecha 1º de octubre de 2024 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias, incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672 y sus modificatorias, la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no exceda los DOS (2) años, pudiendo ser prorrogadas siempre que estén previstas en la Ley de presupuesto del año siguiente al vencimiento del plazo.

Que por la Ley Nº 27.798, se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1/26 se distribuyeron los gastos y recursos previstos en la Ley Nº 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026.

Que por el Decreto Nº 167/18 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos ámbitos, Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias, en los términos del artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a designar a los titulares de las mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

Que a través del Decreto Nº 579/24 se creó el Programa “PLAN NACIONAL DE ALFABETIZACIÓN” en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO con el objeto de lograr que los estudiantes de la REPÚBLICA ARGENTINA puedan leer, comprender y producir textos en forma acorde a su nivel educativo, estableciéndose que, a partir de la implementación del Programa, se desarrollará una política de alfabetización prioritaria y transversal, a partir de la cual se acompañará y asistirá a las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones del país en el diseño y desarrollo de sus políticas de alfabetización, a través de propuestas educativas y acciones acordadas conjuntamente.

Que, en ese marco, mediante el artículo 1º de la Resolución Nº 672/24 (RESOL-2024-672-APN-MCH) del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO se creó la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE ALFABETIZACIÓN” en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, con el objeto de coordinar la gestión y ejecución del precitado Programa “PLAN NACIONAL DE ALFABETIZACIÓN”.

Que el artículo 4º de la mentada Resolución, estableció que la mencionada Unidad quedaría disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la citada resolución, la cual tendrá lugar el 2 de octubre de 2026.

Que mediante la Resolución Nº 471/24 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACIÓN se aprobó, entre otras cuestiones, el documento “Compromiso Federal por la Alfabetización – Plan Nacional de Alfabetización”, en cuyo marco se han desarrollado instancias de articulación técnica entre el ESTADO NACIONAL y las VEINTICUATRO (24) jurisdicciones educativas del país y se aprobaron los Planes Jurisdiccionales de Alfabetización.

Que en tanto el Plan Nacional de Alfabetización continúa siendo una política pública prioritaria de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y en virtud de que las circunstancias que dieron origen a la creación de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria se encuentran en pleno curso de ejecución y que sus objetivos no se encuentran agotados, deviene indispensable que la Unidad creada mantenga su vigencia de acuerdo a lo informado mediante el Informe Técnico Nº IF-2026-87609867-APN-SE#MCH.

Que, en consecuencia, se considera pertinente prorrogar la vigencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE ALFABETIZACIÓN”, con el objeto de continuar llevando adelante y coordinando las tareas encomendadas en su creación.

Que en cuanto la designación de la Señora Paula CAMPOS SUNDBLAD (D.N.I. Nº22.276.072) como Titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE ALFABETIZACIÓN”, efectuada por el artículo 5º de la Resolución Nº 672/24 (RESOL-2024-672-APN-MCH) del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, resulta pertinente proceder a la ratificación de la misma, en atención a las acciones que viene implementando y a fin de dar continuidad al eficaz funcionamiento de la referida Unidad.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el gasto que demande la presente medida será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026, distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1/26.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA, ambas del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, han intervenido conforme les es pertinente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 167/18.

Por ello,

LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase la vigencia de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE ALFABETIZACIÓN”, creada por la Resolución Nº 672/24 (RESOL-2024-672-APN-MCH) del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, hasta el 9 de diciembre de 2027 o hasta el cumplimiento de los objetivos para los que fue creada si ello ocurre con anterioridad.

ARTÍCULO 2º.- Ratifícase en el cargo de Titular de la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE ALFABETIZACIÓN” de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, a la Señora Paula CAMPOS SUNDBLAD (D.N.I. Nº22.276.072).

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la JURISDICCIÓN 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, SUBJURISDICCIÓN 04 - SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Sandra Pettovello

e. 15/10/2026 N° 75958/26 v. 15/10/2026

Fecha de publicación 15/10/2026