MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
Disposición 560/2026
DI-2026-560-APN-DNRYRT#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2025-115008678- -APN-DGDTEYSS#MCH, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que los documentos Nros. RE-2025-115007722-APN-DGDTEYSS#MCH, RE-2025-115008020-APN-DGDTEYSS#MCH, RE-2025-115008398-APN-DGDTEYSS#MCH y RE-2026-08960497-APN-DTD#JGM del Expediente Nº EX-2025-115008678- -APN-DGDTEYSS#MCH tramitan los acuerdos celebrados, el 22 de mayo de 2025, 31 de julio de 2025, 14 de octubre de 2025 y 15 de enero de 2026, entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA APUAYE, por la parte sindical, y la empresa GENNEIA DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que a través de los citados instrumentos se establece una recomposición salarial, dentro de los términos y lineamientos estipulados, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1063/09 “E”.
Que el ámbito de aplicación de los mismos, se circunscribe a la correspondencia entre la actividad de la empresa firmante y la representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando la personería y facultades para negociar colectivamente invocadas, con las constancias obrantes en autos.
Que la representación sindical ha denunciado la inexistencia de delegados de personal en la empresa en los términos del Artículo 17 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención que le compete.
Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registro, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES y REGULACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°- Procédase al registro del acuerdo obrante en el documento Nº RE-2025-115007722-APN-DGDTEYSS#MCH del Expediente Nº EX-2025-115008678- -APN-DGDTEYSS#MCH celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA APUAYE, por la parte sindical, y la empresa GENNEIA DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2°- Procédase al registro del acuerdo obrante en el documento Nº RE-2025-115008020-APN-DGDTEYSS#MCH del Expediente Nº EX-2025-115008678- -APN-DGDTEYSS#MCH celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA APUAYE, por la parte sindical, y la empresa GENNEIA DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 3°- Procédase al registro del acuerdo obrante en el documento Nº RE-2025-115008398-APN-DGDTEYSS#MCH del Expediente Nº EX-2025-115008678- -APN-DGDTEYSS#MCH celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA APUAYE, por la parte sindical, y la empresa GENNEIA DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 4°- Procédase al registro del acuerdo obrante en el documento Nº RE-2026-08960497-APN-DTD#JGM del Expediente Nº EX-2025-115008678- -APN-DGDTEYSS#MCH celebrado entre la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA APUAYE, por la parte sindical, y la empresa GENNEIA DESARROLLOS SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, conforme a lo establecido en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro. Cumplido, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a fin de proceder al registro de los instrumentos identificados en los Artículos 1°, 2º, 3º y 4º de la presente Disposición.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente expediente conjuntamente con Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N° 1063/09 “E”.
ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuita de los instrumentos registrados y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).
ARTÍCULO 8°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mara Agata Mentoro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/10/2026 N° 71825/26 v. 05/10/2026
Fecha de publicación 05/10/2026