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5 de Octubre de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 33/2026

RESOL-2026-33-E-ARCA-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2026

VISTO lo tramitado en el expediente electrónico EX-2026-02478952- -ARCA-OFDFADCORD#SDGOAI, del registro de esta AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO y,

CONSIDERANDO

Que las mismas se inician con la presentación efectuada por la firma Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CaCEC), CUIT N° 30-51628972-0, mediante SITA Nº 26017SITA005427Z de fecha 10 de Agosto de 2026, solicitando la modificación del depósito fiscal general que se encuentra emplazado en el Parque Industrial correspondiente al Centro Integral de Servicios de la CaCEC, ubicado en Gerónimo Helguera 4785, en la provincia de CÓRDOBA, jurisdicción de la Aduana homónima, oportunamente habilitado mediante Resolución 34/2019 (SDG OAI) de fecha 27 de febrero de 2019 (LOT 017-1100L).

Que mediante la citada presentación la firma solicita facultar el almacenamiento de mercadería IMO (Clase 2: Gases, Clase 3: Líquidos inflamables, Clase 4:Sólidos inflamables (4.1), sustancias con riesgo de combustión espontánea (4.2) y aquellas que desprenden gases inflamables en contacto con el agua (4.3), Clase Clase 5: Sustancias oxidantes (5.1) y peróxidos orgánicos (5.2),Clase 6: Sustancias tóxicas (6.1) e infecciosas (6.2), Clase 8: Sustancias corrosivas, Clase 9: Sustancias y objetos peligrosos diversos) en el depósito fiscal general antes descripto, en el marco del Punto 4.1 inc. f del Anexo III de la Resolución General AFIP N° 4352/18, y su modificatoria.

Que con el objeto de dar por cumplida la formalidad exigida para la modificación pretendida, la firma aporta la Resolución 026/26 de fecha 24 de Julio del 2026, emitida por la Municipalidad de Córdoba, que dice en su artículo N 1, (…) “AUTORIZAR AMBIENTALMENTE la actividad “Deposito fiscal de cargas generales, incluidos alimentos y operación de mercaderías peligrosas en tránsito (cargas IMO)””(…) que han tomado intervención en los presentes la División Aduana de Córdoba en providencia PV-2026-02574852-ARCA-ADCORD#SDGOAI, y la Dirección Regional Aduanera Central mediante PV-2026-02578744-ARCA-DIRACE#SDGOAI entendiendo que se encontrarían reunidos la totalidad de los requisitos normativamente exigidos, con el objetivo de disponer un espacio dentro del predio del depósito fiscal general para almacenamiento de cargas IMO.

Que asimismo tomó intervención la División Control y Monitoreo Operativo dependiente del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero mediante informe IF-2026-02844525-ARCA-DVCYMO#SDGCAD de fecha 8 de Septiembre de 2026 a los fines de evaluar si la modificación pretendida afecta la operatividad del circuito de cámaras de CCTV existente, señalando que “el punto operativo cumplimenta los requisitos de la RG 4352/2018 (DGA), sus modificatorias y complementarias; evaluados en este informe”.

Que al respecto, toman la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2026-03044430-ARCA-DILEGA#SDGTLA de fecha 24 de Septiembre de 2026 y de Asuntos Jurídicos a través del IF-2026-03066086-ARCA-DVDRTA#SDGASJ de fecha 25 de Septiembre de 2026, correspondiendo aprobar el trámite.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1° de la Disposición DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA de fecha 16 de marzo de 2018, DI-2026-30-EARCA- ARCA de fecha 26 de marzo de 2026 y el Decreto 953 de fecha 25 de octubre de 2024.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL

DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1º- Autorícese al permisionario Cámara de Comercio Exterior de Córdoba (CaCEC), CUIT N° 30-51628972-0, a almacenar carga de mercadería IMO en una zona de 392,40 m2 (TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS CON CUARENTA METROS CUADRADOS), dentro del depósito fiscal LOT 017-1100L oportunamente habilitado mediante Resolución N.°34/2019 (SDG OAI), que se encuentra emplazado en el Parque Industrial correspondiente al Centro Integral de Servicios de la CaCEC, ubicado en Gerónimo Helguera 4785, en la provincia de CÓRDOBA, jurisdicción de la Aduana homónima, según planos obrantes en IF-2026-02701048-ARCA-SIOPADCORD#SDGOAI, en los términos Punto 4.1 inc. f del Anexo III de la R.G. 4352/18 AFIP y, de conformidad con lo previsto en las normas locales, debiendo el permisionario mantener vigentes dichas habilitaciones municipales y las de terceros organismos que pudieran corresponder, así como informar cualquier cambio que ocurra en ralción a las mismas.

ARTICULO 2º- Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CENTRAL y el División Aduana de CORDOBA. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Carlos Jose Zorzano

e. 05/10/2026 N° 73078/26 v. 05/10/2026

Fecha de publicación 05/10/2026