MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN
Resolución 15/2026
RESOL-2026-15-APN-SCP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 22/09/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-87628762-APN-DGDMDP#MEC, las Leyes Nros. 25.300 y sus modificatorias y 27.444, el Decreto N° 628 de fecha 6 de julio de 2018 y la Resolución N° 232 de fecha 5 de marzo de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 25.300 y sus modificatorias se creó el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), como un fideicomiso financiero y de administración con el objeto de otorgar garantías en respaldo de las que emitan las Sociedades de Garantía Recíproca y ofrecer garantías directas a las entidades financieras acreedoras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de dicha ley, con el fin de mejorar las condiciones de acceso al crédito de éstas.
Que por el Artículo 11 de dicha norma se estipuló que la administración del patrimonio y elegibilidad de operaciones del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) estaría a cargo de un Comité de Administración presidido por el entonces Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa o el “representante que éste designe”, e integrado según definiera el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que posteriormente, por el Artículo 8° de la Ley N° 27.444, la denominación del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) fue sustituida por Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), y por el Artículo 44 de la Ley N° 27.264 se designó al entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Autoridad de Aplicación del mencionado Fondo de Garantía, con facultades “para delegar tal carácter y sus competencias”.
Que a través del Decreto N° 628 de fecha 6 de julio de 2018 se aprobó la reglamentación del Capítulo II del Título II de la Ley N° 25.300 referido al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), que, entre otras cuestiones, dispuso que el Comité de Administración previsto en el Artículo 11 de la Ley N° 25.300 se integraría con TRES (3) miembros titulares y TRES (3) miembros suplentes, a ser designados por la Autoridad de Aplicación a propuesta del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, de la ex SECRETARÍA DE EMPRENDEDORES Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del citado ex Ministerio y del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. (BICE), respectivamente.
Que por el Decreto N° 8 de fecha 10 de diciembre de 2023 se modificó la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones asignándole al MINISTERIO DE ECONOMÍA las competencias anteriormente atribuidas al ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, en todo lo inherente al desarrollo productivo y la industria, entre otras.
Que por el Decreto N° 215 de fecha 1° de marzo de 2024 se designó al MINISTERIO DE ECONOMÍA como fiduciante en representación del ESTADO NACIONAL, en todos los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en ese carácter la dirección y conducción de dichos fondos fiduciarios.
Que, en ese marco, por la Resolución N° 232 de fecha 5 de marzo de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se designó a los miembros titulares del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) y se delegó en la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN del MINISTERIO DE ECONOMÍA el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación de dicho Fondo.
Que en atención al cambio de autoridades en las dependencias involucradas, lo que implicó el cese de los correspondientes miembros ante el mencionado Comité de Administración, resulta oportuno efectuar nuevas designaciones de los miembros titulares y suplentes, a fin de tornar operativo su funcionamiento.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 6° del Anexo al Decreto N° 628/18 y el Artículo 4° de la Resolución N° 232/25 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
EL SECRETARIO DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnanse al Subsecretario de Evaluación y Seguimiento de Gestión de Producción de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE PRODUCCIÓN del MINISTERIO DE ECONOMÍA, magíster Joaquín Manuel RODÓN HEREDIA (D.N.I. N° 30.407.366), como miembro titular del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), y al Director Nacional de Estudios para la Producción de la ex UNIDAD GABINETE DE ASESORES del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, actualmente en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Licenciado en Administración de Empresas Nicolás Javier BERTELLO (D.N.I. N° 26.462.885), como miembro suplente, ambos en representación del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 2°.- Desígnanse al Subsecretario de la Pequeña y Mediana Empresa de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Licenciado en Comercio Internacional Christian Federico BAUAB (D.N.I. N° 22.500.144), como miembro titular del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), y al Director Nacional de Gestión y Política PYME de la ex SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, actualmente en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Abogado Joaquín MALBRÁN (D.N.I. N° 26.769.776), como miembro suplente, ambos en representación de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase al Abogado Nicolás Eduardo FERNÁNDEZ (D.N.I. N° 39.912.160), como miembro titular del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), en representación del BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. (BICE).
ARTÍCULO 4°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Pablo Agustin Lavigne
e. 24/09/2026 N° 69435/26 v. 24/09/2026
Fecha de publicación 24/09/2026