COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
Disposición 452/2026
DI-2026-452-APN-CNRT#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2026
VISTO el Expediente N° EX-2025-111459645- -APN-MESYA#CNRT; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 1388/1996 y sus modificatorios aprueba el Estatuto de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, estableciendo sus objetivos y competencias en materia de fiscalización y control del sistema de transporte.
Que mediante la Disposición CNRT N° DISFC-2025-2-APN-CNRT#MEC se aprobó el MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE – Versión 4.0/Febrero 2025, como Informe N° IF-2025-21295892-APNCNRT#MEC, el cual establece la metodología aplicable para la elaboración, actualización, aprobación, difusión y resguardo de los Manuales de Procedimientos del Organismo.
Que el artículo 101 de la Ley N° 24.156 establece que la autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL es responsable del mantenimiento de un adecuado sistema de control interno, el cual comprende, entre otros instrumentos, los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoría interna.
Que mediante la Disposición CNRT N° DI-2021-297-APN-CNRT#MTR se aprobó la Versión 3.0/abril 2021 del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
Que mediante la Disposición CNRT N° DI-2023-742-APN-CNRT#MTR se aprobó el MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO – Versión N° 2/septiembre 2023.
Que por la Disposición CNRT N° DI-2024-302-APN-CNRT#MEC se estableció que el PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO dependerá funcionalmente de la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
Que, en consecuencia, corresponde actualizar el Manual de Procedimientos de la mencionada Gerencia e incorporar en un único cuerpo normativo los procedimientos correspondientes al PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO, a fin de optimizar su gestión y adecuarlos a la estructura organizativa vigente.
Que la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS ha impulsado la aprobación del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE – Versión N° 4 – Año 2026, identificado como Informe N° IF-2026-74903005-APN-ARICYP#CNRT.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ha tomado la intervención de su competencia, de conformidad con las previsiones del Manual Integrador vigente.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete, señalando que no existen objeciones legales que formular al presente acto administrativo.
Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto N° 1388/1996, sus modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE - Versión 3.0/abril 2021, aprobado mediante la Disposición CNRT N° DI-2021-297-APN-CNRT#MTR.
ARTÍCULO 2°.- Déjase sin efecto el MANUAL DE PROCEDIMIENTO DEL PROGRAMA UNIDAD DE CONTROL PREVENTIVO – Versión N° 2/septiembre 2023, aprobado mediante la Disposición CNRT N° DI-2023-742-APN-CNRT#MTR.
ARTÍCULO 3°.- Apruébase el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE – VERSIÓN N° 4 – AÑO 2026, que como Informe N° IF-2026-74903005-APN-ARICYP#CNRT forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 4°.- Establécese que la presente Disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la GERENCIA DE SERVICIOS DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE para que resguarde la versión digital del Manual aprobado por el artículo 3° de la presente Disposición, en los términos del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE – Versión 4.0/Febrero 2025.
ARTÍCULO 6°.- Notifíquese al ÁREA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIÓN Y PRENSA para que publique en el sitio web de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE el Manual aprobado por el artículo 3° de la presente Disposición, de conformidad con las previsiones del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS vigente.
ARTÍCULO 7°.- Notifíquese a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y a todas las Gerencias de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Maximiliano Patti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en https://www.argentina.gob.ar/transporte/cnrt/transparencia/actos-administrativos
e. 18/09/2026 N° 68002/26 v. 18/09/2026
Fecha de publicación 18/09/2026