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2 de Septiembre de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

EL INSTITUTO NACIONAL de ASOCIATIVISMO y ECONOMÍA SOCIAL con domicilio legal en Av. Belgrano 1656 – CABA-, NOTIFICA que ha resuelto CANCELAR la inscripción en el Registro Nacional de Cooperativas a las siguientes entidades mediante los siguientes actos administrativos: RESFC-2026-1779-APN-DI#INAES a la COOPERATIVA DE CONSUMO, CRÉDITO, VIVIENDA, TURISMO, SALUD, RECREACIÓN Y PROVISIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS “MONUMENTAL” LIMITADA, matricula Nº 23229, con domicilio legal en la calle Reconquista Nº 642, piso 3º, depto. 318, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. RESFC-2026-1780-APN-DI#INAES COOPERATIVA DE TRABAJO SAN SALVADOR LIMITADA, matricula Nº 38844, con domicilio legal en la calle Echeandia Nº 5656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. RESFC-2026-1763-APN-DI#INAES COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO SAN PATRICIO LIMITADA, matricula Nº 22793, con domicilio legal en Avenida Luis María Campos Nº 70, piso 25. depto. 2, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires. RESFC-2026-1765-DI#INAES a la COOPERATIVA DE TRABAJO “I.C.A.M.” LIMITADA, matricula Nº 20001, con domicilio legal en la ciudad de La Rioja, departamento Capital, provincia de de La Rioja. RESFC-2026-1778-APN-DI#INAES a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN, COMERCIALIZACIÓN Y CONSUMO PARA LADRILLEROS LIMITADA, matricula Nº 22577, con domicilio legal en la localidad de Picún Leufú, departamento de Picun Leufu, provincia de Neuquén como así también a la COOPERATIVA DE TRABAJO Y PROMOCIÓN CULTURAL HUENEY LIMITADA, matricula Nº 22440, con domicilio legal en la calle Marcial Bravo N.º 65 de la ciudad de Centenario, departamento de Confluencia, provincia de Neuquén. RESFC-2026-1764-APN-DI#INAES a la COOPERATIVA DE TRABAJO “MI CUYO” LIMITADA, matricula Nº 23944, con domicilio legal en Marcelo Alvear Nº 1272 en la ciudad de Las Heras, departamento de Las Heras, provincia de Mendoza. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes recursos: REVISIÓN (art. 100.º incisos a, b y c, Dto. 1759/72 t.o. 2017 modificado por Dto. 695/24): TREINTA (30) días hábiles administrativos; RECONSIDERACIÓN (art. 84.º Dto. N.º 1759/72 t.o. 2017 modificado por Dto. 695/24): VEINTE (20) días hábiles administrativos); ACLARATORIA (art. 102.º Dto. N.º 1759/72 t.o. 2017 modificado por Dto. 695/24): CINCO (5) días hábiles administrativos; a opción del interesado podrá articularse el RECURSO DE ALZADA (art. 94.º Dto. Nº 1759/72 t.o. 2017 modificado por Dto. 695/24): TREINTA (30) días hábiles administrativos, o la acción judicial pertinente (art. 25.º Ley N.º 19.549 modificada por Ley N.º 27.742).

Nicolas Alves, Asistente Administrativo, Despacho.

e. 01/09/2026 N° 61614/26 v. 03/09/2026

Fecha de publicación 02/09/2026