SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
SINTESIS: RESOL-2026-393-APN-SSN#MEC Fecha: 31/08/2026
Visto el EX-2026-82018643-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Prohibir a LIBRA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (CUIT 30-71233282-0) celebrar nuevos contratos de seguro, en los términos del inciso f) del artículo 86 de la Ley N° 20.091. Ratificar la vigencia de la medida cautelar dispuesta por las Resolución RESOL-2026-50-APNSSN#MEC, de fecha 11 de febrero, e incorporar la causal prevista en el inciso f) del artículo 86 de la Ley N° 20.091 a los fundamentos de las mismas. Intimar a LIBRA COMPAÑÍA ARGENTINA DE SEGUROS S.A. (CUIT 30-71233282-0) para que presente un nuevo informe de auditoría respecto de los Estados Contables correspondientes al ejercicio finalizado el 30 de junio de 2026, emitido sobre la base de procedimientos de auditoría suficientes que permitan superar las limitaciones que dieron lugar a la abstención de opinión consignada en el informe presentado, bajo apercibimiento de adoptar las medidas que pudiera corresponder en los términos de la Ley N° 20.091.
Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.
e. 02/09/2026 N° 62441/26 v. 02/09/2026
Fecha de publicación 02/09/2026