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7 de Agosto de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución 762/2026

RESOL-2026-762-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 04/08/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-72799266--APN-UOPNR#MSG, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias y la Resolución del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FISCAL ROSARIO, a cargo del Fiscal Coadyuvante Doctor FRANCO BENETTI, Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos, Oficina de Narcocriminalidad, tramita el Caso Coiron Nº 241396/25, causa FRO 34633/25, caratulada “CONEXIDAD CASO COIRON 272798/2024 S/ INFRACCIÓN LEY 23.737” (e investigaciones conexas por delincuencia organizada), con intervención del JUZGADO FEDERAL DE GARANTÍAS DE ROSARIO a cargo del Doctor EDUARDO RODRIGUES DA CRUZ.

Que la mencionada UNIDAD FISCAL solicitó a este Ministerio, mediante Oficio del 14 de julio de 2026, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Diego Nicolás BLANCO, alias “Nico” o “Pipo”, D.N.I. N° 41.864.253, nacido el 14 de junio de 1999, de nacionalidad argentina, hijo de Yanina Paola PASCHETTO, de contextura mediana/gruesa, tez blanca, cabello corto oscuro, usa lentes, con último domicilio registrado en calle Presidente Perón N° 316, localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe.

Que el mencionado BLANCO se encuentra imputado por la comisión de los delitos de narcotráfico y tráfico de estupefacientes agravado (art. 5 inc. “c” y 11 inc. “c” de la Ley N° 23.737), siendo también responsable de la comisión de otros delitos contra la libertad de las personas y homicidio. En relación a éstos delitos se encuentra formalmente investigado y con orden de detención vigente desde el 30 de junio de 2026, por su presunta participación en la captación violenta en la vía pública de una persona (identificada como Gastón Montenegro) quien fue luego encontrado asesinado.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa, mientras que el artículo 2° de la citada norma prevé la posibilidad de modificar dichos importes en atención a la complejidad y gravedad del delito investigado, según lo estime la titular de esta Cartera Ministerial.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. por Decreto N°438/92) y sus modificaciones, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la Resolución N° RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000), para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Diego Nicolás BLANCO, alias “Nico” o “Pipo”, D.N.I. N° 41.864.253, nacido el 14 junio de 1999, de nacionalidad argentina, de contextura mediana/gruesa, tez blanca, cabello corto oscuro, usa lentes, con ultimo domicilio registrado en calle Presidente Perón N° 316, localidad de Capitán Bermúdez, Provincia de Santa Fe, sobre quien pesa orden de captura desde el 30 de junio de 2026.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2026-73199846-APN-DNNYRPJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alejandra Susana Monteoliva

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/08/2026 N° 55082/26 v. 07/08/2026

Fecha de publicación 07/08/2026