MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 185/2026
RESOL-2026-185-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-71379576- -APN-DGDA#MEC, la Ley N° 27.742, los Decretos Nros. 452 de fecha 4 de julio de 2025, 318 de fecha 4 de mayo de 2026 y 437 de fecha 9 de junio de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Artículo 161 de la Ley N° 27.742 se creó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de esta Secretaría.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025 se constituyó el ENRGE y comenzó a funcionar luego de conformado su Directorio mediante el Decreto N° 318 de fecha 4 de mayo de 2026, por cuyo Artículo 1° se designó como Presidente del Directorio al doctor Néstor Marcelo LAMBOGLIA (D.N.I. N° 16.100.770), por el término de CINCO (5) años.
Que mediante el Decreto N° 437 de fecha 9 de junio de 2026 se aceptó la renuncia del doctor Néstor Marcelo LAMBOGLIA al cargo de Presidente del Directorio del ENRGE, a partir del 1° de junio de 2026.
Que conforme al Artículo 6° del citado Decreto N° 452/2025, los miembros del Directorio del ENRGE deben ser seleccionados entre personas con antecedentes técnicos y profesionales de la industria del gas y de la electricidad.
Que encontrándose vacante el cargo de Presidente del Directorio del ENRGE, corresponde convocar a concurso público de antecedentes para la selección y designación de la persona que ocupará dicho cargo.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de las competencias otorgadas en el Artículo 5° del Decreto N° 452/2025 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a Concurso Abierto de Antecedentes para la designación del Presidente del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD (ENRGE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de esta Secretaría.
ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los requisitos y condiciones para la presentación de antecedentes de los postulantes al concurso para el cargo de Presidente del Directorio del ENRGE que, como Anexo (IF-2026-72466059-APN-SE#MEC), forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que, para la difusión de la convocatoria dispuesta por el Artículo 1° de la presente medida, deberá publicarse el aviso de la misma, con el citado Anexo (IF-2026-72466059-APN-SE#MEC) en el Boletín Oficial, en el sitio web de esta Secretaría y en DOS (2) diarios de circulación nacional masiva, por un plazo de TRES (3) días hábiles.
ARTÍCULO 4°.- En un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la publicación de este acto, se conformará el Comité de Selección para el análisis y la evaluación de los antecedentes de los postulantes que se presenten al concurso, cuyos integrantes desempeñarán sus funciones ad honorem.
ARTÍCULO 5°.- Los postulantes tendrán un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a contar desde el día siguiente al de la última publicación realizada conforme al Artículo 3° de la presente medida para presentar los antecedentes previstos en el citado Anexo (IF-2026-72466059-APN-SE#MEC). Vencido el plazo para la recepción de antecedentes, el Comité de Selección contará con un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos para el análisis de las postulaciones recibidas y la confección del listado de candidatos preseleccionados a ser entrevistados, debiendo notificarse debidamente a todos los postulantes. Durante el plazo señalado, el Comité de Selección podrá requerir a los postulantes la información adicional que considere pertinente, para su análisis.
ARTÍCULO 6°.- El Comité de Selección contará con un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados a partir de la fecha de notificación del listado de candidatos preseleccionados, para llevar a cabo las entrevistas personales y elevar a esta Secretaría una propuesta de ternas para cubrir el cargo, cuando el número de postulantes lo hiciere posible, la que deberá basarse en opinión fundada respecto de los antecedentes considerados.
ARTÍCULO 7º.- Dentro del plazo de TRES (3) días hábiles administrativos de recibida la propuesta del Comité de Selección para la cobertura del cargo en cuestión, esta Secretaría elevará al Ministro de Economía la terna respectiva con su recomendación del candidato a ocupar el cargo concursado, y los antecedentes del proceso de selección desarrollado, para su posterior elevación al PODER EJECUTIVO NACIONAL, a fin de continuar la tramitación de conformidad con lo establecido en el Artículo 7° del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025.
ARTÍCULO 8°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 9.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/07/2026 N° 52765/26 v. 30/07/2026
Fecha de publicación 30/07/2026