ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 326/2026
RESOL-2026-326-APN-ENACOM#JGM FECHA 12/05/2026
EX-2026-01993239- -APN-AASYST#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- CANCELAR la Licencia y Registro para la prestación del Servicio de Radiodifusión por Suscripción, de conformidad con la Resolución N° 120 de fecha 01 de marzo de 1983 otorgada por el EX COMITÉ FEDERAL DE RADIODIFUSION y el Servicio de Valor Agregado Acceso a Internet, de conformidad con la Resolución N° 2452, de fecha 27 de junio de 2019 otorgada por este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES. 2.- Establecer que la medida adoptada en el Artículo 1° tendrá vigencia a partir del 7 de enero de 2026. 3.- Insttruir a las dependencias competentes de este ENACOM a asentar la cancelación dispuesta en el Artículo 1° del presente acto en los registros pertinentes. 4.- Notifíquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.- Firmado: Juan Martín OZORES, Interventor del Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Sergio Gabriel Macia, Subdirector, Subdirección de Gestión Documental y Despacho.
e. 15/07/2026 N° 48904/26 v. 15/07/2026
Fecha de publicación 15/07/2026