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8 de Julio de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 234/2026

Resolución RESFC-2026-234-APN-DIRECTORIO#ENREGE

Expediente EX-2025-137784307-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 6 de JULIO de 2026

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD ha resuelto ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente requerido por la empresa PARQUE DE ENERGÍA SOLAR PATAGONIA NORTE I SOCIEDAD ANÓNIMA (PARQUE DE ENERGÍA SOLAR PATAGONIA NORTE I S.A.), para su Parque Solar Fotovoltaico (PSFV) PATAGONIA NORTE I de QUINCE MEGAVATIOS (15 MW), ubicado en el Departamento Confluencia, Provincia de NEUQUÉN, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) en la Línea de Media Tensión de 33 kV existente entre la Estación Transformadora (ET) Plaza Huincul y la ET Acueducto Los Barreales (EB2), jurisdicción del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (EPEN), quien actuará en calidad de Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- Hacer saber que la publicación ordenada en el artículo 1 de este Acto se realizará mediante un AVISO en la página web del Ente, requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de internet por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, en ambos portales web. Así también, se otorga un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde la última publicación efectuada, para que quién lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de perjuicios para el mismo, por escrito, ante este Ente. 3.- Establecer que, en caso de que se plantee una oposición fundada y/o que sea común a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública a fin de recibir las oposiciones, y de permitir al solicitante del Acceso a la Capacidad de Transporte Existente contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente Acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1, y se procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Accesos de la Red Eléctrica” de su página de Internet e informará a las partes. 5.- Hacer saber que el solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y EPEN. 6.- Notificar a EPEN, a PARQUE DE ENERGÍA SOLAR PATAGONIA NORTE I S.A. y a CAMMESA. 7.- Registrar, comunicar, publicar en extracto, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archivar. Firmado: Héctor Sergio Falzone - Griselda Lambertini - Marcelo Alejandro Nachon - Vicente Serra. -

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Unidad Secretaría de Directorio - Electricidad.

e. 08/07/2026 N° 47917/26 v. 08/07/2026

Fecha de publicación 08/07/2026