AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
Resolución 99/2026
RESOL-2026-99-APN-AABE#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2026-54113909- -APN-DCCYS#AABE y sus asociados Nros. EX-2025-39535770- -APN-DACYGD#AABE y EX-2025-50930191- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001, 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 1.030 de fecha 15 de septiembre de 2016, 29 de fecha 10 de enero 2018, 225 de fecha 3 de abril de 2017 y 950 de fecha 24 de octubre 2024, todos ellos con sus modificatorios y/o complementarios, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución N° 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), la Resolución N° 78 (RESOL-2026-78-APN-AABE#JGM) de fecha 18 de mayo de 2026, y
CONSIDERANDO:
Que por el primer Expediente citado en el Visto tramita el procedimiento de Subasta Pública N° 392-0048-SPU26, que tiene por objeto la venta del inmueble sito en la Avenida Córdoba Nº 5.405/11, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente como: Circunscripción 17 - Sección 33 - Manzana 66B – Parcela 12b, vinculado al CIE Nº 0200024648/5, con una superficie de terreno según mensura de UN MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (1.155,72 m2), según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el artículo 1º de la Resolución N° 9 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM).
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.
Que mediante el Decreto Nº 225 de fecha 3 abril de 2017 se autorizó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en los términos del artículo 20 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, con sus modificatorios, a disponer y enajenar el inmueble objeto de la presente medida.
Que posteriormente mediante el Decreto Nº 950 de fecha 24 de octubre de 2024 el Poder Ejecutivo Nacional dispuso que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO impulsará los procedimientos de enajenación de los inmuebles del ESTADO NACIONAL objeto de los Decretos Nros. 952/16, 1.064/16, 1.173/16, 225/17, 928/17, 355/18, 1.088/18, 345/19 y 518/19 y de las Decisiones Administrativas Nros. 249/18, 24/19, 317/19 y 610/19 que no hubieran sido enajenados a la fecha de entrada en vigor de dicha medida y entre los cuales se encuentra el bien objeto de la presente.
Que mediante la Resolución N° 78 de fecha 18 de mayo de 2026 (RESOL-2026-78-APN-AABE#JGM) se desafectó, en los términos del artículo 29 del Anexo al Decreto Reglamentario Nº 2.670/15 y sus modificatorios, el inmueble en trato de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRES DE FEBRERO.
Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles, propiedad del Estado Nacional, se rigen por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1.023 de fecha 13 de agosto de 2001 con sus modificatorios y complementarios.
Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que mediante Resolución Nº 177 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) de fecha 16 de julio de 2022 y su modificatoria Resolución N° 60 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) de fecha 6 de noviembre de 2024, se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al mismo, el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.
Que el artículo 44 del Reglamento Anexo al Decreto Nº 2.670/15, y sus modificatorias, establece que todo acto de disposición de inmuebles de propiedad del Estado Nacional será centralizado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento aprobado por dicha Resolución, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.
Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de aplicación el aprobado mediante la Disposición ONC Nº 63-E/16, modificada por la Disposición ONC Nº 62/24 (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que conforme lo establecido por el Decreto Nº 29 de fecha 10 de enero del 2018 y el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, se implementó en forma obligatoria el Sistema de Gestión Electrónica “SUBAST.AR”, como medio para efectuar en forma electrónica todos los procedimientos de subasta pública que realicen las jurisdicciones y entidades del Sector Público Nacional.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, a través de la Nota NO-2025-61976241-APN-CNMLYBH#SC de fecha 9 de junio de 2025 e Informe IF-2025-59399440-APN-CNMLYBH#SC, informó que el inmueble en trato carece de valor patrimonial.
Que la ESCRIBANÍA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACIÓN, mediante Nota NO-2024-23212752-APN-EGN de fecha 5 de marzo de 2024, tomó la intervención de su competencia.
Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN mediante el Dictamen de Valor identificado bajo el IF-2026-50281610-APN-TTN#MEC, en la reunión de fecha 12 de mayo de 2026, procedió a la tasación de la parcela ubicada en la Avenida Córdoba N° 5.405/11 del barrio de Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resolviendo determinar su valor venal, al contado, desocupado, considerado libre de mejoras, en la suma de PESOS SEIS MIL CIENTO TREINTA MILLONES ($ 6.130.000.00) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO (USD 4.332.155.-). Además, informando como respuesta a su solicitud expresa, un Valor Base de Venta, en los términos del Procedimiento Interno TTN 19.1, en la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS DIECISIETE MILLONES ($ 5.517.000.000) o su equivalente en DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE (USD 3.898.939), todos los valores a un tipo de cambio $/USD 1.415, a la fecha de la citada reunión.
Que la DIRECCIÓN ASUNTOS COMUNITARIOS de conformidad con el artículo 1º de la Resolución N° 9 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM) de fecha 8 de enero de 2026, mediante Informe IF-2026-53110133-APN-DAC#AABE de fecha 28 de mayo de 2026, solicitó a la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS la venta del inmueble en cuestión, con un valor base de subasta de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO (USD 4.332.155).
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró que el procedimiento apropiado para la venta de los inmuebles es el de Subasta Pública.
Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Subasta Pública contemplado en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y en los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177/22 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60/24 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).
Que siguiendo lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16, resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones allí previstas.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos a) y b), del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto Nº 1.030/16 sus respectivas normas modificatorias y/o complementarias.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase la convocatoria, mediante el procedimiento de Subasta Pública Nº 392-0048-SPU26, para la venta del inmueble sito en la Avenida Córdoba Nº 5.405/11, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, identificado catastralmente como: Circunscripción 17 - Sección 33 - Manzana 66B – Parcela 12b, vinculado al CIE Nº 0200024648/5, con una superficie de terreno según mensura de MIL CIENTO CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (1.155,72 m2), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y los artículos 78, 91 y subsiguientes del Capítulo VI, Título II de la PARTE ESPECIAL del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por la Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (Texto Ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución N° 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE ASUNTOS COMUNITARIOS, de conformidad con el artículo 1º de la Resolución N° 9 de fecha 8 de enero de 2026 (RESOL-2026-9-APN-AABE#JGM), en razón de la encomienda de la atención y firma del despacho de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares identificado como PLIEG-2026-61457360-APN-DCCYS#AABE, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- Los recursos que ingresen con motivo del cumplimiento de la presente Resolución, deducidos los gastos, se afectarán de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tania Yedro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/06/2026 N° 44040/26 v. 25/06/2026
Fecha de publicación 25/06/2026