AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA NEUQUÉN
La ADUANA DE NEUQUÉN, en virtud de lo dispuesto en el art 1ro y s.s de la Ley 25.603, para las mercaderías que se encuentran en la situación prevista en el art 419 inc. d) de la Ley 22415, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuya identificación a continuación se indica, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos contados desde de la publicación del presente, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas y/o tributos que por derecho correspondieren, bajo apercibimiento de declarar abandonada a favor del Estado la mercadería abajo detallada, según los términos del artículo 421° del CA (Ley 22.415). Transcurrido el plazo mencionado, el Servicio Aduanero procederá de acuerdo a lo dispuesto en los art. 2do, 3ro, 4to y 5to de la Ley 25.603, y hasta tanto los titulares conserven su derecho a disponer de las mercaderías, a efectos de solicitar alguna destinación aduanera para las misma, presentarse en la ADUANA DE NEUQUÉN sito en calle JUAN JULIÁN LASTRA 2250 de la ciudad de Neuquén.
| MEDIO DE TRANSPORTE | F. ARRIBO | TITULAR | DOCUMENTO | BULTOS | OM 1629/A N.º |
| TERRESTRE | 18/06/2025 | ASTETE Julieta Agustina | 42.305.986 | Dos | 48/2025 |
| TERRESTRE | 15/08/2025 | RAMIREZ Moacyr Guillermo Raul | 92.810.694 | Uno | 61/2025 |
| TERRESTRE | 11/09/2025 | RAAB DEZULOVIC Cristian Igor | RUN 7.620.545-0 | Tres | 72/2025 |
Rosario Casajus, Administradora de Aduana.
e. 28/05/2026 N° 35734/26 v. 28/05/2026
Fecha de publicación 28/05/2026