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27 de Mayo de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN REGIONAL SUR

Disposición 45/2026

DI-2026-45-E-ARCA-DIRSUR#SDGOPIM

Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2026

VISTO lo solicitado por la Jefatura de la Agencia Nro. 100 mediante NO-2026-01567116-ARCA-AGM100#SDGOPIM de fecha 21 de Mayo de 2026 y,

CONSIDERANDO,

Que a través de la NO-2026-01567116-ARCA-AGM100#SDGOPIM la Jefatura de la Agencia Nro. 100 (DI RSUR) propone modificar el Régimen de Reemplazos de su unidad orgánica para el caso de ausencias o impedimento, que fuera establecido mediante disposición DI-2025-72-ARCA-DIRSUR#SDGOPIM de fecha 22 de Julio de 2025.

Que razones estructurales indican que para un correcto funcionamiento operativo es conveniente establecer el Régimen de Reemplazos de la Jefatura de la Agencia Nro. 100 dependiente de ésta Dirección Regional Sur (SDG OPIM).

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las atribuciones conferidas por la Disposición DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2024-182-E-AFIP-ARCA del 1 de Noviembre de 2024, procede a disponer en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR

DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º: Establecer el Régimen de Reemplazo para casos de ausencias o impedimentos de la Jefatura de la Agencia Nro. 100 dependiente de la Dirección Regional Sur, que quedará establecido de la forma que seguidamente se indica:

1° Reemplazo – Jefatura de la Sec. Servicios (AG M100) (*)

2° Reemplazo – Jefatura de la Of. Servicios al Contribuyente (AG M100) (*)

3° Reemplazo – Jefatura de la Of. Jurídica (AG M100) (*)

(*) Corresponde al ejercicio de Juez Administrativo.

ARTÍCULO 2º: Dejar sin efecto la disposición DI-2025-72-ARCA-DIRSUR#SDGOPIM de fecha 22 de Julio de 2025.

ARTICULO 3°: Considerar el presente acto dispositivo con vigencia a partir del día de su suscripción.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dese intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, notifíquese y regístrese. Cumplido archívese.

Mariano Sciola

e. 27/05/2026 N° 35189/26 v. 27/05/2026

Fecha de publicación 27/05/2026