ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL
Decreto 327/2026
DECTO-2026-327-APN-PTE - Decreto N° 50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2026
VISTO el Expediente N° EX-2026-21135818-APN-SCA#MSG, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) se establecieron los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobaron el Organigrama de Aplicación, los Objetivos de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.
Que para una mejor gestión de las competencias asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, resulta necesario adecuar los Objetivos de diversas Secretarías y Subsecretarías que conforman dicha Jurisdicción.
Que por la Decisión Administrativa Nº 340/24 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que, asimismo, es menester modificar la citada estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, como así también derogar, incorporar, homologar y reasignar diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios correspondientes a dicho Ministerio.
Que el artículo 104 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 dispone que los reglamentos que refieren a la estructura orgánica de la Administración entran en vigencia sin necesidad de publicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la intervención de su competencia.
Que los servicios jurídicos correspondientes han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, por el siguiente:
“XV.- MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL
- SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL
- SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL
SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA
- SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO
- SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL”.
ARTÍCULO 2º.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, los Objetivos de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES, de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL y de sus dependientes SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL y SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-41109739-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Suprímese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, el Objetivo 8 de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL.
ARTÍCULO 4°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, el Objetivo 4 de la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL por el siguiente:
“4. Asistir al Ministro en la organización, despliegue y equipamiento de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, en coordinación con la SECRETARÍA DE SEGURIDAD NACIONAL”.
ARTÍCULO 5°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, los Objetivos de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, de conformidad con el detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-41109789-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 6°.- Incorpóranse al Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, como Objetivos 18 y 19 de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA los siguientes:
“18. Elaborar las políticas de gestión conducentes al bienestar del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, procurando la atención de la salud física y mental del mismo y de su grupo familiar.
19. Articular con las áreas competentes del Ministerio la implementación de las políticas de gestión conducentes al bienestar del personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, procurando la atención de la salud psicofísica del mismo y de su grupo familiar”.
ARTÍCULO 7°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, el Objetivo 5 de la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA por el siguiente:
“5. Colaborar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las áreas pertinentes, en lo relativo a la representación del Ministerio y del Gobierno Nacional ante gobiernos extranjeros y en las reuniones y decisiones de los organismos internacionales y especializados en materia de lucha contra el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado”.
ARTÍCULO 8°.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, el Objetivo 6 de la SUBSECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, dependiente de la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA por el siguiente:
“6. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en su participación ante organismos internacionales especializados en materia de lucha contra el narcotráfico, el terrorismo y el crimen organizado”.
ARTÍCULO 9°.- Sustitúyense los Anexos Ia, Ib, Ic, Id, Ie y If del artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorios e incorpóranse los Anexos Ig y Ih, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-41109836-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- Sustitúyese el Anexo II del artículo 2º de la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorios, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-45838428-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 11.- Sustitúyense los Anexos IIIa, IIIb, IIIc, IIId, IIIe y IIIf del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorios e incorpóranse los Anexos IIIg y IIIh, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-41109909-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 12.- Sustitúyese el Anexo IV del artículo 3º de la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 y sus modificatorios, conforme al detalle obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-45838384-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 13.- Deróganse, incorpóranse, homológanse y reasígnanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, los cargos correspondientes al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL que se detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2026-41109980-APN-SCA#MSG) al presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 14.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a los créditos asignados a la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.
ARTÍCULO 15.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su dictado.
ARTÍCULO 16.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/05/2026 N° 30576/26 v. 08/05/2026
Fecha de publicación 08/05/2026