MINISTERIO DE SALUD
Resolución 458/2026
RESOL-2026-458-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 06/04/2026
VISTO el Expediente Nº EX-2025-71266966-APN-DAD#HNRESMYA, las Leyes N.° 20.332, N.º 27.798, los Decretos N.° 1133 del 25 de agosto de 2009, sus modificatorios y complementarios, N.° 958 del 25 de octubre de 2024, N.° 459 del 07 de julio de 2025, N.° 465 del 08 de Julio de 2025, la Decisión Administrativa N.º 213 del 25 de marzo de 2019 y su modificatoria, la Resolución N.° 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N.º 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2026.
Que por la Decisión Administrativa N.° 213/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, entonces organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Ex- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del Ex-MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, modificada en último término por la Resolución del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE” N.° 57/21.
Que, por el Decreto N.° 958/24 se estableció que le corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que, mediante Resolución N.° 20/2024 la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado aprobó el Procedimiento para la Cobertura Transitoria de Cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas y cargos de Jefatura y equivalentes de los escalafones del personal encuadrados en el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 459/2025 dispuso la fusión de los organismos descentralizados HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”, HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMÓN CARRILLO”, INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR “DOCTOR JUAN OTIMIO TESONE” (INAREPS) y HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, constituyendo la ADMINISTRACION NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Salud.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Jefe del Servicio de Observación y Cuidado de Urgencias dependiente del Departamento de Servicios de Atención en Urgencias e Internación de la Dirección Asistente de Salud Mental y Adicciones del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”, dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este MINISTERIO DE SALUD y la ADMINISTRACION NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES) han tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico Permanente pertinente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo N.° 2 del Decreto N.° 958 del 25 de octubre de 2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 30 de julio de 2025, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, al Lic. FERNANDEZ Pablo David (D.N.I N° 24.721.908) en el cargo de Jefe del Servicio de Observación y Cuidado de Urgencias dependiente del Departamento de Servicios de Atención en Urgencias e Internación de la Dirección Asistente de Salud Mental y Adicciones, del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”, dependiente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Adjunto, Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N.º 1133/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función de Jefatura Profesional, Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los artículos 22 y 39 del Título III, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto, N.º 1133/09 sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución ministerial será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD, Entidad 902 – HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ESTADISTICAS DE EMPLEO PUBLICO Y POLITICA SALARIAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, y al Administrador Nacional de la ADMINISTRACION NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), dentro del plazo CINCO (5) días contados a partir de la publicación de la presente medida, de acuerdo con lo previsto en el Artículo N.° 3 de la Resolución N.° 20/2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones
e. 08/04/2026 N° 20749/26 v. 08/04/2026
Fecha de publicación 08/04/2026