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1 de Abril de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Notifíquese, conforme al artículo 42 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (t.o. 2017), a la firma ELVAROSA S.R.L. (CUIT N° 30-71581374-9), la Resolución N° RESOL-2025-450-APN-INASE#MEC de fecha 15 de octubre de 2025, de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, dispuesta en el Expediente N° EX-2024-50362702--APN-DA#INASE, la que en su parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1º.- Hágase lugar parcialmente al Recurso de Reconsideración interpuesto por la firma ELVAROSA S.R.L. (CUIT N° 30-71581374-9), con domicilio en Lote 47, Manzana 10, Calle 16, Esquina 32 0, del Barrio Villa Catalina, de la Localidad de Río Ceballos, Provincia de CÓRDOBA, contra la Resolución Nº RESOL-2024-512-APN-INASE#MEC, de fecha 18 de octubre de 2024 de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificando el monto de la multa aplicada a la cantidad de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS NUEVE ($ 35.602.609.-), por infracción a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247.

ARTÍCULO 2º.- Hágase saber a la sancionada que contra el presente acto administrativo podrá interponer Recurso de Apelación ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, de la CAPITAL FEDERAL, dentro de los TREINTA (30) días de notificada de la negativa (artículo 47 de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, artículo 45 del Decreto Nº 2.183/1991 y artículo 4º de la Ley Nº 21.628).

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a la firma interesada y al Área de Control de la Dirección de Fiscalización dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ARTICULACIÓN FEDERAL, a través del Departamento de Despacho y Mesa de Entradas de la Dirección de Administración de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese y archívese.

Martin Famulari, Presidente.

e. 01/04/2026 N° 19549/26 v. 07/04/2026

Fecha de publicación 01/04/2026