AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Disposición 67/2026
DI-2026-67-E-ARCA-DIRRHH#SDGADM
Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2026
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-00564083- -ARCA-SEASDVGSPE#SDGADM, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el VISTO, la Subdirección General de Operaciones Impositivas del Interior propone designar en el cargo de Jefe Interino de la División Fiscalización Actividad Agropecuaria, al ingeniero Javier Rodolfo DE LINDEN, quien se viene desempeñando en el cargo de Supervisor Interino de Equipo Actividad Agropecuaria C, dependiente de la mencionada División, en el ámbito de su jurisdicción.
Que por lo expuesto, la citada Subdirección General propicia designar al licenciado Luis Alberto MORINI en el cargo de Supervisor Interino para desempeñarse en el nombrado Equipo, en el ámbito de la Dirección Regional La Plata.
Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco del DECTO-2024-953-APN-PTE del 24 de octubre de 2024 y en ejercicio de las facultades conferidas por la DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018 y DI-2025-15-E-AFIP-ARCA del 14 de enero de 2025.
Por ello,
LA DIRECTORA INTERINA DE LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones del personal que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que en cada caso se indica:
| NOMBRES y APELLIDO | CUIL | FUNCIÓN ACTUAL | FUNCIÓN ASIGNADA |
| Ing. Javier Rodolfo DE LINDEN | 20216828780 | Supervisor/ a de fiscalizacion e investigacion – EQUIPO ACTIVIDAD AGROPECUARIA C (DV FALP) | Jefe de división Int. - DIV. FISCALIZACIÓN ACT. AGROP. (DI RLPL) |
| Lic. Luis Alberto MORINI | 20271916613 | Inspector/a de fiscalizacion preventiva - EQUIPO ACTIVIDAD AGROPECUARIA C (DV FALP) | Supervisor Int. - EQUIPO ACTIVIDAD AGROPECUARIA C (DV FALP) |
ARTÍCULO 2º.- Hacer saber al personal que con el dictado de la presente disposición queda agotada la vía administrativa en los términos del artículo 23, inciso c), apartado (iii), de la Ley N° 19.549, y que contra ésta podrán interponer, a su opción, recurso de reconsideración ó de alzada en los términos de los artículos 94 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017), dentro del plazo de VEINTE (20) ó TREINTA (30) días hábiles administrativos, respectivamente, ambos plazos computados a partir del primer día hábil siguiente al de su notificación, o bien, la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.549.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Guadalupe Gonzalez Sanguineti
e. 06/03/2026 N° 12493/26 v. 06/03/2026
Fecha de publicación 06/03/2026