MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 51/2026
RESOL-2026-51-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2026
VISTO el Expediente EX-2025-142814949- -APN-UOPNR#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 828 del 27 de septiembre de 2019, 533 del 17 de junio de 2024, y
CONSIDERANDO
Que, ante el JUZGADO FEDERAL DE GOYA, provincia de Corrientes, a cargo de la Doctora Cristina E. POZZER PENZO, tramita la causa FCT 2157/2024/92 caratulada: “LEGAJO Nº 92-DENUNCIANTE: PEÑA, JOSÉ MARIANO Y OTROS IMPUTADO: BENITEZ, BERNARDINO ANTONIO Y OTROS s/ LEGAJO DE INVESTIGACIÓN”.
Que, oportunamente, se dictó la Resolución RESOL-2024-533-APN-MSG, mediante la cual se ofreció recompensa de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero del menor de edad Loan Danilo PEÑA, titular del DNI N° 57.621.765, nacido el 8 de mayo de 2019 en Goya, provincia de Corrientes, hijo de José Mariano PEÑA y María Luisa NOGUERA, quien fue visto por última vez el día 13 de junio de 2024 en el Paraje Algarrobar de la localidad de 9 de Julio, Departamento de San Roque, Provincia de Corrientes, y sobre quien se desconoce su paradero al día de la fecha.
Que el menor Loan Danilo PEÑA es de tez trigueña, delgado, con ojos marrones y cabello corto castaño oscuro.
Que, al momento de su desaparición, vestía una remera negra con letras rosadas con la palabra “Messi” un pantalón largo negro y zapatillas verdes, de 80 centímetros de altura aproximadamente, y tiene una cicatriz ubicada en el remolino de la cabeza.
Que los hechos que se investigan ocurrieron el 13 de Junio de 2024, en horas de la mañana, cuando Loan Danilo PEÑA, de 5 años edad, en compañía de su padre José PEÑA, fueron a almorzar a la casa de la abuela paterna del menor (Catalina PEÑA), sito en Paraje Algarrobal, de la Localidad de 9 de Julio, Departamento de San Roque, Provincia de Corrientes, y luego del almuerzo, siendo las 14:00 horas aproximadamente, el menor se fue al monte a consumir naranjas en compañía de otros menores más y tres mayores. Lo cierto del caso es que siendo las 14:20 Hs., estimativamente, cuando se disponían a volver a la casa donde estaban, a unos 600 metros aproximadamente de ese lugar, los mayores se percatan que LOAN no estaba, que desapareció del grupo.
Que el mencionado Juzgado solicitó a este Ministerio mediante oficio del 10 de diciembre de 2025, se incremente el monto de la recompensa oportunamente ofrecido, debido al tiempo transcurrido y que hasta el momento no se ha recibido información útil en el marco de dicha recompensa.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3° indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido desde el ofrecimiento de recompensa.
Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar el monto de la mencionada recompensa.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante RESOL-2024-533-APN-MSG a la suma total de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales brinden datos útiles que permitan dar con el paradero del menor Loan Danilo PEÑA, argentino, titular del DNI N° 57.621.765, que se encuentra desaparecido desde el 13 de junio de 2024, siendo visto por última vez en el Paraje Algarrobar de la localidad de 9 de Julio, Departamento de San Roque, Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente, a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio.
ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2026-05006447-APN-DNNYRPJYMP#MSG, correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/01/2026 N° 3297/26 v. 23/01/2026
Fecha de publicación 23/01/2026