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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 7/2026

RESOL-2026-7-APN-ANAC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 05/01/2026

VISTO el expediente N° EX-2025-41387289-APN-DGDYD#JGM, los Decretos Nros. 1770 del 29 de noviembre de 2007 y 816 del 10 de septiembre de 2024 y la Parte 67 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACION CIVIL, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1770/07 aprobó la estructura organizativa, las funciones y facultades de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL.

Que la Parte 67 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL establece los estándares médicos para el otorgamiento de la Certificación Médica Aeronáutica (CMA) necesaria para la obtención de las licencias, certificados de competencia y habilitaciones de acuerdo a las Partes 61, 63, 64, 65 y 105 de estas REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL así como los requisitos para designar y autorizar a los Médicos Examinadores Aeronáuticos (AME) y los Centros Médicos Aeronáuticos Examinadores (CMAE), por parte de la Autoridad Aeronáutica Civil.

Que la sección 67.39 de la Parte 67 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL faculta a la autoridad aeronáutica a designar Centros Médicos Aeronáuticos Examinadores (CMAE) y habilitar a Médicos Examinadores Aeronáuticos, por sus siglas en ingles “AME”, a propuesta del Departamento de Evaluación Médica dependiente de la Dirección de Licencias al Personal de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL.

Que el médico Maximiliano MÜLLER solicitó ser habilitado como Médico Examinador Aeronáutico en el Sanatorio 9 de Julio sito en la calle Lobo de la Vega 150, de la ciudad de Yerba Buena, Provincia de TUCUMÁN.

Que personal del Departamento de Evaluación Médica procedió a la verificación de los requisitos para designar al mencionado profesional, emitiendo opinión favorable.

Que, en consecuencia, se deben tener por cumplidos los requisitos para obtener la habilitación solicitada.

Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 1770/07.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Habilítese al médico Maximiliano MÜLLER (C.U.I.T. N° 20-28661837-6), como Médico Examinador Aeronáutico, por sus siglas en inglés “AME” N° 00154, para desempeñar sus funciones en el Sanatorio 9 de Julio sito en la calle Lobo de la Vega 150, de la ciudad Yerba Buena, Provincia de TUCUMÁN, quedando autorizado para realizar el examen inicial y la renovación de la Certificación Médica Aeronáutica (CMA) clase 2, clase 3 y clase 4, y la renovación de la (CMA) Clase 1.

ARTÍCULO 2°.- El referido AME se regirá por las normas establecidas en la Parte 67 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL, cuyo incumplimiento, tanto de las disposiciones, criterios, condiciones, instrucciones, normas técnicas, lineamientos y/o procedimientos establecidos por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL, conllevará la revocatoria de las habilitaciones otorgadas en la forma y plazos que ésta disponga.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber al médico habilitado en el artículo 1° que su accionar se encuentra sujeto al régimen de infracciones aeronáuticas establecido en el Decreto N° 816 del 10 de septiembre de 2024, o aquel que en el futuro se dicte.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese, pásese al Departamento de Evaluación Médica dependiente de la Dirección de Licencias al Personal, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD OPERACIONAL de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL para su conocimiento y efectos que estime corresponder.

ARTÍCULO 5°. - La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.

Oscar Alfredo Villabona

e. 07/01/2026 N° 373/26 v. 07/01/2026

Fecha de publicación 07/01/2026