MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 517/2025
RESOL-2025-517-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2022-33940518- -APN-SE#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 388 de fecha 24 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la empresa PATAGONIA ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA (PATAGONIA ENERGÍA S.A.) como Agente Generador por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA RÍO ESCONDIDO de SIETE COMA DOS MEGAVATIOS (7,2 MW).
Que el Artículo 3° de la citada resolución condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración, antes del 31 de diciembre de 2020, del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley N° 15.336.
Que mediante el Artículo 6° del Anexo I al Decreto N° 450 de fecha 4 de julio de 2025 se realizaron modificaciones al Artículo 14 de la Ley N° 15.336.
Que mediante la Resolución N° 509 de fecha 1° de julio de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se prorrogó el plazo de la firma del referido Contrato de Concesión hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que mediante la Resolución N° 324 de fecha 25 de julio de 2025 de la SECRETARÍA ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se autorizó la continuidad para actuar en calidad de agente del MEM en la condición de generador por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA RÍO ESCONDIDO a la empresa HIDDEN LAKE SOCIEDAD ANÓNIMA (HIDDEN LAKE S.A.) como nuevo titular, en sustitución de la empresa PATAGONIA ENERGÍA S.A.
Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previsto en la Ley N° 15.336.
Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2030.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley Nº 15.336, de los Artículos 35, 36 y 72 de la Ley Nº 24.065, el Artículo 162 de la Ley N° 27.742 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1° de la Resolución N° 509 de fecha 1° de julio de 2022 de la SECRETARÍA ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, quedando la empresa HIDDEN LAKE SOCIEDAD ANÓNIMA (HIDDEN LAKE S.A.), habilitada para actuar con carácter provisorio como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA RÍO ESCONDIDO hasta el 31 de diciembre de 2030.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la empresa HIDDEN LAKE S.A, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA DE ENERGÍA DE RÍO NEGRO S.A. (EDERSA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 22/12/2025 N° 96886/25 v. 22/12/2025
Fecha de publicación 22/12/2025