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22 de Diciembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 512/2025

RESOL-2025-512-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2025

VISTO el Expediente N° EX-2016-00986726- -APN-DDYME#MEM y los Expedientes Nros. EX-2016-01081815- -APN-DDYME#MEM, EX-2017-00997553- -APN-DDYME#MEM y EX-2018-48282130- -APN-DGDOMEN#MHA en tramitación conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que por la Disposición N° 89 de fecha 30 de octubre de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO de la SECRETARÍA DE ENERGÍA ex MINISTERIO DE HACIENDA, se autorizó el ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de la empresa ENERGÍA DEL MATRIZ S.A., como Agente Generador por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA TIBURCIO BENEGAS de UNO COMA SIETE MEGAVATIOS (1,7 MW) de potencia.

Que el Artículo 3° del referido acto condicionaba la vigencia de la autorización otorgada a la celebración, antes del 31 de diciembre de 2021, del Contrato de Concesión con el ESTADO NACIONAL en el marco del Artículo 14 de la Ley N° 15.336.

Que ese plazo fue prorrogado sucesivamente, la última vez mediante la Resolución N° 535 de fecha 15 de julio de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que mediante el Artículo 6° del Anexo I del Decreto N° 450 de fecha 4 de julio de 2025 se realizaron modificaciones al Artículo 14 de la Ley N° 15.336.

Que aún no se han perfeccionado los procedimientos previos a la suscripción del Contrato de Concesión previstos en la Ley N° 15.336.

Que en orden a la simplificación de los trámites administrativos que conllevan estas prórrogas, teniendo en cuenta que estas decisiones pueden guiarse por criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, se considera adecuado extender la prórroga hasta el 31 de diciembre de 2030.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que las atribuciones para el dictado del presente acto surgen del Artículo 37 de la Ley N° 15.336, de los Artículos 35 y 72 de la Ley N° 24.065, Artículo 162 de la Ley N°27.742 y del Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la postergación de la fecha límite definida en el Artículo 1° de la Resolución N° 535 de fecha 15 de julio de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, quedando la empresa ENERGÍA DEL MATRIZ S.A., habilitada para actuar con carácter provisorio como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA TIBURCIO BENEGAS hasta el 31 de diciembre 2030.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a ENERGÍA DEL MATRIZ S.A., a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE S.A. (EDESTESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 22/12/2025 N° 96704/25 v. 22/12/2025

Fecha de publicación 22/12/2025