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22 de Diciembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE

Resolución 3/2025

RESOL-2025-3-APN-STYA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-107961130- -APN-DGDYLI#JGM, la Ley N° 27.701, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, N° 88 de fecha 26 de diciembre de 2023, N° 958 de fecha 25 de octubre de 2024, N° 1103 de fecha 17 de diciembre de 2024, N° 1131 de fecha 27 de diciembre de 2024 y N° 866 de fecha 6 de diciembre de 2025 y las Resoluciones N° 202 de fecha 12 de diciembre de 2024 de la ex VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y N° 162 del 16 de diciembre de 2025 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 1131 de fecha 27 de diciembre de 2024 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2025 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, vigente conforme el citado artículo 27°, en los términos del Decreto N° 88 de fecha 26 de diciembre de 2023.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 958 de fecha 25 de octubre de 2024 establece que el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el Procurador del Tesoro de la Nación y los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, podrán disponer y/o prorrogar asignaciones transitorias de funciones para los casos de las estructuras organizativas que dependan de cada una de ellos, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que por el artículo 2° de la Resolución N° 162 de fecha 16 de diciembre de 2025 se delegó en las Secretarías de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las facultades de prórroga de las designaciones transitorias y las asignaciones de funciones previstas en el artículo 2° del Decreto N° 958/24 respecto de los agentes dependientes de cada Secretaría.

Que por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE.

Que por Decreto N° 1103 de fecha 17 de diciembre de 2024 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre las que se encuentra la entonces SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES y mediante el cual se homologó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, en la estructura de la entonces VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, entre otros, el cargo de Director de Asuntos Jurídicos de Turismo, Ambiente y Deportes, actualmente dependiente de la SECRETARÍA DE TURISMO Y AMBIENTE.

Que por la Resolución N° 202 de fecha 12 de diciembre de 2024 de la ex VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se procedió a la cobertura transitoria del cargo supra referido.

Que por el Decreto Nº 866 de fecha 6 de diciembre de 2025 se transfirió del MINISTERIO DEL INTERIOR a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las unidades organizativas, bienes, dotaciones, personal con sus respectivos cargos, niveles, suplementos y situación de revista, y los créditos presupuestarios de la entonces SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES con excepción de los correspondientes a la SUBSECRETARÍA DE DEPORTES.

Que la presente medida no implica exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de Turismo, Ambiente y Deportes, estructura vigente conforme artículo 22 del Decreto N° 866/2025, ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las previsiones de los Decretos N° 958 de fecha 25 de octubre de 2024 y N° 866/2025 de fecha 6 de diciembre de 2025 y la Resolución N° 162 del 16 de diciembre de 2025 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TURISMO Y AMBIENTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del 10 de septiembre de 2025 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente, la designación transitoria del Abogado Laureano Camilo FABRE (DNI 26.106.269), en idénticas condiciones a las dispuestas en su respectiva designación, en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos de Turismo, Ambiente y Deportes, estructura vigente conforme artículo 22° del Decreto N° 866 de fecha 6 de diciembre de 2025, Nivel A Grado 0, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel II del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El cargo mencionado en el Artículo 1° deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente del SAF 322.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Scioli

e. 22/12/2025 N° 96735/25 v. 22/12/2025

Fecha de publicación 22/12/2025