MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 2021/2025
RESOL-2025-2021-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2025
Visto el expediente EX-2024-118871237- -APN-ANAC#MEC, la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los decretos 239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 2314 del 28 de diciembre de 2009, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024, las resoluciones 53 del 27 de mayo de 2021 de la entonces Secretaría de Gestión y Empleo Público dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria, y 20 del 15 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el decreto 1131 del 27 de diciembre de 2024 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2025 regirán las disposiciones de la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias.
Que mediante el decreto 239 del 15 de marzo de 2007 se creó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) como organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Transporte dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, actualmente en la órbita del Ministerio de Economía.
Que por el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la Administración Nacional de Aviación Civil.
Que por decreto 2314 del 28 de diciembre de 2009, se aprobó la estructura escalafonaria y el régimen retributivo para la ANAC.
Que mediante la resolución 155 del 14 de marzo de 2013 de la Administración Nacional de Aviación Civil, se aprobaron las unidades de segundo y tercer nivel operativo correspondientes a la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea, entre ellas la Dirección Proyectos de Navegación Aérea.
Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que, en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de la Dirección Proyectos de Navegación Aérea dependiente de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la Administración Nacional de Aviación Civil, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 22 de mayo de 2025.
Que, posteriormente, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo extraescalafonario vacante y financiado de Director Nacional de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la Administración Nacional de Aviación Civil, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, a partir del 23 de mayo de 2025 y hasta el 5 de septiembre de 2025.
Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la resolución 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria.
Que las presentes designaciones transitorias quedan exceptuadas de las restricciones establecidas en los decretos los decretos 426 del 21 de julio de 2022 y sus modificatorios y 1148 del 30 de diciembre de 2024.
Que han tomado intervención las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Dase por designado con carácter transitorio a partir del 1° de noviembre de 2024 y hasta el 22 de mayo de 2025, al señor Pablo Sebastián Elgotas (MI N° 30.164.618) en el cargo de Director de la Dirección Proyectos de Navegación Aérea dependiente de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, con una remuneración equivalente al Nivel Escalafonario A, Agrupamiento General, Función Directiva, Grupo Directivo, percibiendo los adicionales correspondientes de conformidad con la Estructura Escalafonaria y el Régimen Retributivo aprobado por el decreto 2314 del 28 de diciembre de 2009.
ARTÍCULO 2°. - Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 23 de mayo de 2025 y hasta el 5 de septiembre de 2025, al señor Pablo Sebastián Elgotas (MI N° 30.164.618) en el cargo extraescalafonario de Director Nacional de la Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, nivel A, grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir Pablo Sebastián Elgotas los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la ANAC.
ARTÍCULO 4°. - Instrúyase a la Dirección de Administración y Gestión de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Administración Nacional de Aviación Civil, a comunicar y notificar al interesado, haciéndole saber que por imperio de las leyes 25.188 y 26.857, dispone de treinta (30) días hábiles a partir de la notificación fehaciente de la presente medida, para dar efectivo cumplimiento a la obligación de presentar sus respectivas Declaraciones Juradas Patrimoniales, ya sea Inicial, Anual y/o Baja, según corresponda.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).
ARTÍCULO 6°. - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 17/12/2025 N° 95296/25 v. 17/12/2025
Fecha de publicación 17/12/2025