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16 de Diciembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 941/2025

RESOL-2025-941-APN-PRES#SENASA

Ciudad de Buenos Aires, 12/12/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-24326174- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto Reglamentario N° DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. 134 del 22 de marzo de 1994 del entonces INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL, 152 del 27 de marzo de 2006 y RESOL-2025-154-APN-PRES#SENASA del 10 de marzo de 2025, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; la Disposición N° 15 del 7 de septiembre de 2004 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 134 del 22 de marzo de 1994 del entonces INSTITUTO ARGENTINO DE SANIDAD Y CALIDAD VEGETAL se aprueba el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos (PROCEM).

Que mediante la Resolución N° 152 del 27 de marzo de 2006 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) se aprueba el Plan de Emergencia Fitosanitaria para Áreas Libres de Mosca de los Frutos.

Que por la Disposición N° 15 del 7 de septiembre de 2004 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del referido Servicio Nacional se declara como Área Libre de la Plaga Mosca de los Frutos (Díptero, Tephritidae) al Valle de Uco, Provincia de MENDOZA, en el marco del mencionado Programa Nacional.

Que el 28 de febrero de 2025 se detecta la plaga Mosca de los Frutos (Mosca del Mediterráneo - Ceratitis capitata Wied.) en el distrito La Arboleda, Departamento Tupungato, Provincia de MENDOZA, por lo que se declara la Emergencia Fitosanitaria, mediante la Resolución N° RESOL-2025-154-APN-PRES#SENASA del 10 de marzo de 2025 del señalado Servicio Nacional.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la citada Resolución N° 152/06, se han aplicado todas las medidas fitosanitarias correspondientes en el área reglamentada del distrito La Arboleda, Departamento Tupungato, Provincia de MENDOZA.

Que, además, por la aludida Resolución N° 152/06 se establece que, si no se detectan nuevos ejemplares de Mosca de los Frutos en el área de trabajo definida y se cumplen DOS (2) ciclos teóricos del insecto luego de la última captura verificada, se podrá definir la ausencia de plaga en el área, declarándose la finalización de las actividades emprendidas.

Que, con base en el modelo de GRADOS-DÍAS utilizado por el SENASA para estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el 2 de diciembre de 2025 se cumplieron los DOS (2) ciclos teóricos mencionados, sin registro de nuevas detecciones en la red de trampeo y muestreo, período requerido para considerar erradicada la plaga y finalizada la emergencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 8°, inciso f), del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,

LA PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Mosca de los Frutos. Finalización de Emergencia Fitosanitaria. Se declara la finalización de la Emergencia Fitosanitaria por Mosca de los Frutos (Mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata Wied.) instrumentada por la Resolución N° RESOL-2025-154-APN-PRES#SENASA del 10 de marzo de 2025 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en la superficie comprendida dentro del círculo de SIETE COMA DOS KILÓMETROS (7,2 km) de radio desde el sitio donde se produjo la detección de la plaga y que responde a las coordenadas geográficas en grados decimales (GD) Latitud: -33.381501 y Longitud: -69.094483, del distrito La Arboleda, Departamento Tupungato, Provincia de MENDOZA.

ARTÍCULO 2°.- Abrogación. Se abroga la Resolución N° RESOL-2025-154-APN-PRES#SENASA del 10 de marzo de 2025 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ARTÍCULO 3°.- La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Beatriz Giraudo Gaviglio

e. 15/12/2025 N° 94733/25 v. 15/12/2025

Fecha de publicación 15/12/2025