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16 de Diciembre de 2025

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AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 98/2025

RESOL-2025-98-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2025-133869912- -APN-DCCYS#AABE y su asociado Nº EX-2025-76512037- -APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.023 del 13 de agosto de 2001, 1.382 del 9 de agosto de 2012, 1.416 del 18 de septiembre de 2013, 2.670 del 1º de diciembre de 2015, 1.030 del 15 de septiembre de 2016, con sus modificatorios y complementarios, las Disposiciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nros. 62-E y 63-E, ambas del 27 de septiembre de 2016, con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por Resolución Nº 177 del 16 de julio de 2022 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria Resolución Nº 60 de fecha 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el primer Expediente mencionado en el Visto tramita el procedimiento de Concurso Público de Etapa Múltiple Nacional N° 392-0006-CPU25, para la Concesión de uso y explotación comercial, con destino específico al desarrollo de actividades recreativas, de esparcimiento, ocio y recreación, pudiendo incorporarse, en carácter complementario, propuestas deportivas no competitivas, acciones culturales, talleres, juegos, programas de integración comunitaria y demás actividades conexas que resulten compatibles con dicha finalidad, respecto de UN (1) inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, en jurisdicción de la SECRETARÍA DE CULTURA, ubicado en la calle Juan Bautista de la Salle S/Nº, de la Localidad de VILLA MARTELLI, Partido de VICENTE LÓPEZ, Provincia de BUENOS AIRES, correspondiente al CIE Nº 0600079433/47, identificado catastralmente como Partido: 110 - Circunscripción: IV - Sección: I - Fracción: I - Parcelas: 1C (parte), Parcela 2 (parte) y Parcela 4A (parte), conforme delimitación establecida en el PLANO-2025-133894898-APN-DNSRYI#AABE, que cuenta con una superficie total aproximada de terreno de QUINIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (509.759,79 m2), por el plazo de TRESCIENTOS (300) meses, prorrogables por DOCE (12) meses por única vez, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia.

Que los procedimientos de selección que involucran bienes inmuebles, propiedad del ESTADO NACIONAL, se rigen por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, sus modificatorios y complementarios.

Que el artículo 4º del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante el Decreto N° 1.030 del 15 de septiembre de 2016 estableció que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, en su carácter de Órgano Rector de toda la actividad inmobiliaria del ESTADO NACIONAL, dictaría el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado.

Que mediante la Resolución N° 177 del 16 de julio de 2022 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN- AABE#JGM) y su modificatoria la Resolución Nº 60 del 6 de noviembre de 2024 (RESOL-2024-60-APN- AABE#JGM), se aprobó el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, siendo de aplicación supletoria al mismo el Reglamento aprobado por el Decreto antedicho.

Que conforme lo establecido en el artículo 82 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución N° 177/22 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria, la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO aprobará el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional.

Que hasta tanto se apruebe el mencionado Pliego Único, será de aplicación el aprobado mediante la Disposición Nº 63-E del 27 de septiembre de 2016, modificada por la Disposición Nº 62 del 30 de julio de 2024 (DI-2024-62-APN-ONC#JGM), ambas de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que mediante la Comunicación General de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES Nº 48 de fecha 12 de agosto de 2016, se estableció la implementación obligatoria del Sistema “COMPR.AR” para la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, a partir del 26 de agosto del 2016.

Que el artículo 81 del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), establece que todos los procedimientos sobre Bienes Inmuebles del Estado Nacional deberán realizarse en forma electrónica utilizando los Sistemas de Gestión Electrónica establecidos por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE PROYECTOS INMOBILIARIOS, a través del informe IF-2025-134130973-APN-DGPI#AABE, realizó el Informe de Análisis Técnico de la Concesión y brindó los lineamientos técnicos a tener en cuenta en la presente contratación.

Que el TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN, mediante el Informe IF-2025-134198469-APN-TTN#MEC, en la reunión celebrada con fecha 3 de diciembre de 2025, procedió a considerar la tasación del inmueble objeto de la presente medida, resolviendo determinar su canon de concesión mensual inicial, en los términos de la Norma TTN 23.1, libre de tasas, gravámenes, contribuciones y no conteniendo I.V.A., ni demás impuestos, considerando su aptitud para usos similares a los existentes, en la suma de PESOS SEISCIENTOS ONCE MILLONES ($ 611.000.000,-) o su equivalente en Unidades de Valor Adquisitivo TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y SEIS (367.046 Uvas) y un valor para la constitución del seguro contra incendio de PESOS SESENTA MIL MILLONES ($ 60.000.000.000), todos los valores a un tipo de cambio de $/UVA 1.664,64 y a fecha 1/12/2025.

Que la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia, mediante Informe IF-2025-134234462-APN-DEO#AABE de fecha 3 de diciembre de 2025 y sus Notas complementarias NO-2025-134715991-APN-DEO#AABE y NO-2025-136078902-APN-DEO#AABE, remitió el requerimiento para la concesión de uso para explotación comercial, indicando los aspectos técnicos a considerar para la confección del Pliego licitatorio.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS, CONTRATACIONES Y SUBASTAS de esta Agencia elaboró el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y consideró como más adecuado el procedimiento de Concurso Público de Etapa Múltiple Nacional en virtud de que es el que mejor contribuye al logro del objeto y el que por su economicidad, eficiencia y eficacia en la aplicación de los recursos públicos resulta apropiado.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 107 quater del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 177/22 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM) y su modificatoria, en consonancia con lo previsto por el artículo 46 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, la Unidad Operativa de Contrataciones estableció los modos en que podrán constituirse las garantías, ello en función de las características de la contratación en trato.

Que el presente trámite encuadra en el procedimiento de Concurso Público de Etapa Múltiple Nacional, contemplado por los artículos 25 inciso a) y 26 inciso a) apartado 2) e inciso b), apartado 1) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y el Capítulo V del Título III de la Parte General, los capítulos procedentes de los Títulos I y II de la Parte Especial del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL, aprobado por la Resolución Nº 177/22 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN- AABE#JGM), su modificatoria la Resolución Nº 60/24 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM) y, en forma supletoria, el Título II del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante el Decreto Nº 1.030/16; así como también el Título II y Capítulo II del Título IV del Manual de Procedimiento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado mediante la Disposición ONC Nº 62-E del 27 de septiembre de 2016 y sus modificatorios y complementarios.

Que corresponde en esta instancia aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que regirá la presente contratación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11, inciso b) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios.

Que acorde lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto N° 1.030/16, resulta oportuno delegar en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la emisión de circulares modificatorias para este procedimiento de contratación, con los alcances y excepciones allí previstas.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de esta Agencia ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 9º incisos a) y b) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado mediante el Decreto Nº 1.030/16, sus respectivas normas modificatorias y/o complementarias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la convocatoria, mediante el procedimiento de Concurso Publico de Etapa Múltiple Nacional N° 392-0006-CPU25 para la Concesión de uso y explotación comercial, con destino específico al desarrollo de actividades recreativas, de esparcimiento, ocio y recreación, pudiendo incorporarse, en carácter complementario, propuestas deportivas no competitivas, acciones culturales, talleres, juegos, programas de integración comunitaria y demás actividades conexas que resulten compatibles con dicha finalidad, respecto de UN (1) inmueble propiedad del ESTADO NACIONAL ARGENTINO, en jurisdicción de la SECRETARÍA DE CULTURA, ubicado en la calle Juan Bautista de la Salle S/Nº, de la Localidad de VILLA MARTELLI, Partido de VICENTE LÓPEZ, Provincia de BUENOS AIRES, correspondiente al CIE Nº 0600079433/47, identificado catastralmente como Partido: 110 - Circunscripción: IV - Sección: I - Fracción: I - Parcelas: 1C (parte), Parcela 2 (parte) y Parcela 4A (parte), conforme delimitación establecida en el PLANO-2025-133894898-APN-DNSRYI#AABE, que cuenta con una superficie total aproximada de terreno de QUINIENTOS NUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE DECÍMETROS CUADRADOS (509.759,79 m2), por el plazo de TRESCIENTOS (300) meses, prorrogables por DOCE (12) meses por única vez, según requerimiento formulado por la DIRECCIÓN DE EJECUCIÓN DE OPERACIONES de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS INMOBILIARIOS Y ASUNTOS COMUNITARIOS de esta Agencia, de conformidad con los artículos 25 inciso a) y 26, inciso a) apartado 2) e inciso b), apartado 1) del Decreto Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y el Capítulo V del Título III de la Parte General y los capítulos procedentes del Título II de la Parte Especial del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del ESTADO NACIONAL, aprobado por Resolución Nº 177/22 (texto ordenado) (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM y su modificatoria Resolución Nº 60/24 (RESOL-2024-60-APN-AABE#JGM).

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como ANEXO (PLIEG-2025-136102661-APN-DCCYS#AABE), forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Delégase en el titular de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de esta Agencia la facultad para emitir circulares modificatorias en el marco del presente procedimiento de contratación, de conformidad con lo establecido por el artículo 50 del Reglamento Anexo aprobado por el Decreto N° 1.030/16.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

.Nicolás Alberto Pakgojz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 15/12/2025 N° 94496/25 v. 15/12/2025

Fecha de publicación 15/12/2025