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17 de Octubre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA Y MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución Conjunta 5/2025

RESFC-2025-5-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 26/09/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-14782738- -APN-CCP#MSG, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales, homologado por el Decreto N° 1032 del 3 de agosto de 2009, los Decretos Nros. 585 de fecha 4 de julio de 2024 y 644 de fecha 18 de julio de 2024, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010 y su modificatoria, la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 1 del 8 de agosto de 2024, la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES N° 565 del 30 de agosto de 2024 y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 273 del 27 de febrero de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 585/24, se incorporó a la Ley de Ministerios (T.O. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

Que mediante el artículo 1º del Decreto N° 644/24, se transfirió la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA y sus dependientes SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y REFORMA DEL ESTADO y SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al ámbito del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO N° 1/24 se aprobó el “Régimen de Personal en Situación de Disponibilidad” aplicable al personal alcanzado por el régimen de estabilidad y afectado por medidas de reestructuración o de reducción de dotación óptima necesaria, en los términos del artículo 11 del Anexo a la Ley N° 25.164.

Que los agentes Miriam Adelma ALVAREZ (D.N.I. N° 18.134.073) y Jonathan Marcelo GENNARI (D.N.I. N° 36.073.510) revistan como personal permanente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES —INCAA—, ente público no estatal en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, respectivamente en un cargo Nivel B, Grado 6, Tramo Intermedio y un cargo Nivel D, Grado 2, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, homologado por el Decreto N° 1032/09.

Que los aludidos agentes fueron dispuestos en situación de disponibilidad por la Resolución INCAA N° 565/24 e incorporados a dicho registro mediante certificación FOWRD Nros. IF-2024-96344756-APN-SGRRHH#INCAA e IF-2024-96338934-APN-SGRRHH#INCAA del 5 de septiembre de 2024.

Que de acuerdo a las necesidades de servicio del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL resulta imprescindible incorporar, en los términos del inciso d) del artículo 11 del Decreto N° 1421/02 y sus modificatorios, al personal proveniente del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial INCAA, atento a que cumplen con el perfil y demás condiciones de prestación del servicio de los cargos cuyas coberturas se requieren en dicho Ministerio.

Que a fin de proceder con la reubicación de los trabajadores y certificar la salida del REGISTRO DE PERSONAL EN SITUACIÓN DE DISPONIBILIDAD, la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y LA FUNCIÓN PÚBLICA emitió el Informe Técnico FOYTA IF-2024-141214835-APN-STEYFP#MDYTE e IF-2024-141215184-APN-STEYFP#MDYTE con fecha 26 de diciembre de 2024.

Que los agentes tomaron posesión del nuevo puesto laboral en el MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL desempeñando servicios ininterrumpidamente desde el 27 de diciembre de 2024.

Que por nota NO-2025-13866682-APN-SGRRHH#INCAA del 7 de febrero de 2025, el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES consultó a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO sobre cómo proceder con el pago de los salarios de los agentes hasta tanto se concreten los procesos de movilidad de los mismos, entendiendo dicho órgano rector en materia de empleo público, que corresponde al INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES abonar los haberes de forma íntegra desde el momento de la salida del registro de disponibilidad tal como lo exhorta el informe IF-2025-14380930-APN-ONEP#MDYTE del 10 de febrero de 2025.

Que el Presidente del INCAA mediante nota NO-2025-21965981-APN-INCAA#SC del 28 de febrero de 2025 hizo caso omiso a la determinación tomada por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, y alegó fondos presupuestarios insuficientes para atender el pago de haberes.

Que dicha determinación genera que los agentes interrumpan la percepción de sus haberes a partir del mes de marzo de 2025.

Que conforme de la cuestión planteada y dado el carácter alimentario del salario de los agentes, resulta necesario encasillar a los mismos a partir del 1° de marzo de 2025.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), establece en su artículo 25 que el personal que se incorpore a ese régimen de carrera en los términos de los supuestos contemplados en los artículos 41 y 42 del Anexo I del Decreto N° 214/06, deberá ser ubicado en el Nivel escalafonario del Agrupamiento que corresponda con la función o puesto para el que hubiera sido seleccionado bajo el ordenamiento de origen.

Que el inciso a) del apartado 2) del artículo 7 del PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACION DE PERSONAL PERMANENTE COMPRENDIDO EN OTROS ESCALAFONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) POR APLICACION DE SU ARTICULO 25 (DECRETO Nº 2098/08), aprobado por el Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38/10 y su modificatoria, establece la asignación del Tramo Escalafonario conforme fuere su situación de revista de origen, cuando la incorporación provenga de personal comprendido en un Convenio Sectorial en el marco del Convenio General homologado por el Decreto N° 214/06.

Que el inciso b) de la norma citada precedentemente, autoriza a trasvasar horizontalmente el grado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) cuando, como en este caso, los escalafones involucrados comparten la misma escala.

Que de acuerdo con lo previsto por el artículo 9° del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38/10 y su modificatoria, el titular del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL ha remitido a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, las propuestas de incorporación al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) de los aludidos agentes, elaborada por el COMITÉ DE VALORACIÓN constituido por la Resolución N° 273/25.

Que la incorporación conlleva, además, el traslado definitivo de los agentes conforme el artículo 15, inciso b), apartado II del Anexo I del Decreto N° 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que en el marco del procedimiento en cuestión, fueron debidamente citados para ejercer la veeduría gremial las entidades gremiales correspondientes en los términos del artículo 11 del Anexo I de la precitada Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y su modificatoria, según consta en las Actas y presentaciones glosadas en el Expediente citado en el VISTO.

Que la propuesta de incorporación mediante reencasillamiento de los agentes nombrados en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO cumple con las pautas establecidas en el artículo 25 del mismo.

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL.

Que, respecto de la intervención del servicio jurídico en las actuaciones, cabe destacar que, sin perjuicio de que el Decreto N° 302/25 creó la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS en el ámbito del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, y dado que hasta el momento no se ha efectuado la designación de su titular, el presente acto se emite en el entendimiento de que continúa vigente la previsión del artículo 12 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 585/24.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 11 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38/10 y su modificatoria.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO

Y

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración conformado por la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 273/25, de acuerdo con lo establecido en el PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACION DE PERSONAL PERMANENTE COMPRENDIDO EN OTROS ESCALAFONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO POR APLICACION DE SU ARTICULO 25 (DECRETO Nº 2098/08), obrante en el Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38/10 y su modificatoria, respecto del reencasillamiento de los agentes Miriam Adelma ALVAREZ (D.N.I. N° 18.134.073) y Jonathan Marcelo GENNARI (D.N.I. N° 36.073.510), que revistan como personal permanente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES —INCAA—, ente público no estatal en el ámbito de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, respectivamente en un cargo Nivel B, Grado 6, Tramo Intermedio y un cargo Nivel D, Grado 2, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, homologado por el Decreto N° 1032/09.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase a partir del 1° de marzo de 2025 a los agentes citados precedentemente en el Régimen de Carrera del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en los niveles, grados y funciones, conforme se detalla en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente medida, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que lo resuelto en el artículo 2° de la presente medida, se hará efectivo una vez aprobado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, el traslado impulsado en los términos del artículo 15, inciso b), apartado II del Anexo I del Decreto N° 1421/02.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, notifíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maximiliano Matías Narciso Fariña - Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.

e. 17/10/2025 N° 77817/25 v. 17/10/2025

Fecha de publicación 17/10/2025