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17 de Octubre de 2025

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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Decreto 757/2025

DECTO-2025-757-APN-PTE - Desestímase recurso.

Ciudad de Buenos Aires, 16/10/2025

VISTO el Expediente N° EX-2022-30653067-APN-DCP#PSA, la Ley Nº 26.102 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 836 del 19 de mayo de 2008 y sus modificatorios y 1329 del 28 de septiembre de 2009, la Resolución del ex-MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 907 del 9 de septiembre de 2024, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 375 del 25 de marzo de 2025 y la Resolución del Tribunal de Disciplina Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA N° 93 del 24 de noviembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada Ley de Seguridad Aeroportuaria N° 26.102 y sus modificaciones se establecen las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Aeroportuaria.

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita el recurso de reconsideración con apelación en subsidio contra la Resolución del ex-MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 907/24, interpuesto por la Defensora del Policía de Seguridad Aeroportuaria en representación del ex Oficial Principal Jorge Alfredo MOLINA.

Que en el marco del sumario administrativo pertinente se investigó la posible comisión de una falta disciplinaria grave o muy grave por parte del referido ex-Oficial.

Que luego de los trámites procesales de estilo, sometida la cuestión a consideración del Tribunal de Disciplina Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, aconsejó la “BAJA POR EXONERACIÓN” al entonces Oficial Principal Jorge Alfredo MOLINA.

Que dicha solución se apoya sobre la base de encontrarse acreditado en autos que el referido Oficial Principal ha sido condenado el 7 de septiembre de 2023 conforme la sentencia de la Cámara en lo Criminal y Correccional 2ª NOM.- Sec.4 de la Provincia de CÓRDOBA a la pena de TRES (3) años de prisión en forma de ejecución condicional.

Que, en virtud de ello, mediante la Resolución del ex-MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 907/24 se dejó exonerado, a partir de su dictado, al personal policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Oficial Principal Jorge Alfredo MOLINA, por la autoría de una falta disciplinaria muy grave prevista en los artículos 247, incisos 1 y 3 y 286, inciso 7 del Anexo A del Decreto N° 836/08.

Que contra dicho acto, la Defensora del Policía de Seguridad Aeroportuaria, en representación del mismo, interpuso recurso de reconsideración con apelación en subsidio, el que fue rechazado mediante la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 375/25.

Que conferida la vista prevista en el artículo 174 in fine del Anexo I del Decreto N° 1329/09, la Defensora del Policía de Seguridad Aeroportuaria se abstuvo de ampliar los fundamentos del recurso de apelación en subsidio interpuesto, atento no contar con elementos nuevos que la habiliten para ello.

Que sentado lo expuesto, y analizados los agravios esgrimidos por el recurrente, debe concluirse que los fundamentos impugnatorios no pueden prosperar, por cuanto ninguno de ellos logra desvirtuar la conclusión a la que se arribara; manteniéndose incólume la motivación objeto del reproche.

Que ha quedado acreditado palmariamente en las presentes actuaciones la falta muy grave cometida por el encartado, que revelaría no solo un incumplimiento de los deberes legalmente impuestos por las normas que rigen los principios básicos de la actuación policial, sino también la afectación a la ética y a la imagen pública y/o el prestigio de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, conforme lo previsto en los artículos 247, incisos 1 y 3 y 286, inciso 7 del Anexo A del Decreto N° 836/08.

Que teniendo en cuenta lo indicado corresponde desestimar el recurso de apelación indicado.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 174 del Reglamento de Investigaciones Administrativas del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, aprobado por el Decreto N° 1329/09.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desestímase el recurso de apelación en subsidio del de reconsideración interpuesto por la Defensora del Policía de Seguridad Aeroportuaria en representación del ex Oficial Principal Jorge Alfredo MOLINA (Legajo Nro. 502.931 – D.N.I. N° 24.460.434) contra la Resolución del entonces MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 907 del 9 de septiembre de 2024.

ARTÍCULO 2°.- Hágase saber al recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 175 del Reglamento de Investigaciones Administrativas del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, aprobado por Decreto Nº 1329/09.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Patricia Bullrich

e. 17/10/2025 N° 77881/25 v. 17/10/2025

Fecha de publicación 17/10/2025