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16 de Septiembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 384/2025

RESOL-2025-384-APN-SC

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-74511655- -APN-DGDYD#SC y sus acumulados EX-2025-73856589- -APN-DGDYD#SC, EX-2025-73847980- -APN-DGDYD#SC, EX-2025-74583523- -APN-DGDYD#SC, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 03 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 958 del 25 de octubre de 2024, 989 del 05 de noviembre de 2024, 1131 del 27 de diciembre de 2024, las Decisiones Administrativas 531 del 31 de mayo de 2021, 34 del 20 de enero de 2022, 189 del 08 de abril de 2024, 3 del 15 de enero de 2025, la Resolución SC Nº 124 del 27 de diciembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1131/24 se dispuso que a partir del 1° de enero 2025 regirán en virtud de los establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistema de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, vigente conforme el citado artículo 27, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 3/25 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.

Que por el Decreto N° 60/25 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto N° 989/24 se modificó en último término la Ley de Ministerios, suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la cultura e incorporando la SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría Presidencial.

Que los agentes que se indican en el Anexo (IF-2025-92781620-APN-DGRRHH#SC) de la presente medida, se vienen desempeñando en los cargos que allí se detallan, desde la fecha de sus respectivas designaciones.

Que, no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso de selección y siendo que los funcionarios continúan prestando servicios, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los agentes.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno

Que por el Decreto Nº 958/24 se autoriza al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que, en el mismo sentido, en virtud del artículo 2° del Decreto N° 1148/24 se exceptuó de la prohibición genérica de efectuar designaciones y/o contrataciones de personal de cualquier naturaleza, a las prórrogas de tales designaciones transitorias y de contratos (inc. c).

Que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se dispongan no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.

Que la Dirección de Presupuesto y Contabilidad de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, certificó la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto de la presente medida.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto Nº 993/24.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Danse por prorrogadas, por el período que en cada caso se indican, las designaciones transitorias de los funcionarios de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en los cargos que en cada caso se detallan en el ANEXO I (IF-2025-92781620-APN-DGRRHH#SC), el cual forma parte integrante de la presente medida, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios y con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2º.- Los cargos involucrados en la presente medida, deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III, IV y VIII- y el Título IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de sus respectivas prórrogas.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SUBJURISDICCIÓN 14 – SECRETARÍA DE CULTURA.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de dictado, conforme lo dispuesto por el artículo 3° de la Resolución N° 20/24 del mentado Ministerio.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese.

Leonardo Javier Cifelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/09/2025 N° 68140/25 v. 16/09/2025

Fecha de publicación 16/09/2025