ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 646/2025
RESOL-2025-646-APN-ENRE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-95804860-APN-SD#ENRE, y
CONSIDERANDO:
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), a través de la Resolución N° 309 de fecha 30 de abril de 2025 y su rectificativa Resolución ENRE N° 387 de fecha 29 de mayo de 2025, entre otras cosas, estableció: a) en su artículo 1, aprobar la determinación de la remuneración de EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A) que, como Anexo I (IF-2025-44374319-APN-ARYEE#ENRE), forma parte integrante de dicho acto; b) en su artículo 2, aprobar los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado de TRANSPA S.A., los valores anuales y el valor Promedio de las Sanciones Mensuales Históricas (SP) con vigencia a partir del 1 de mayo de 2025, contenidos en el Anexo II (IF-2025-44379622-APN-ARYEE#ENRE), que forma parte integrante de dicho acto y; c) en el artículo 3, aprobar un incremento mensual del NUEVE COMA TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (9,34%) sobre los valores horarios y anuales del equipamiento regulado de TRANSPA S.A. establecidos en el artículo 2 de esa resolución a aplicarse a partir de las CERO HORAS (00:00 h) del 1 de junio de 2025 y en los meses sucesivos hasta el 1 de diciembre de 2025 inclusive.
Que mediante Nota GG N° 5457/25 de fecha 13 de junio de 2025, digitalizada como IF-2025-64183238-APN-SD#ENRE, TRANSPA S.A. interpuso un Recurso de Reconsideración con Alzada en Subsidio contra la Resolución ENRE N° 309/2025, el cual fue resuelto por la Resolución ENRE N° 585 de fecha 18 de agosto de 2025.
Que, posteriormente, TRANSPA S.A., mediante Nota GG N° 5497/25 de fecha 22 de agosto de 2025, identificada como IF-2025-93038787-APN-SD#ENRE, presentó una solicitud de aclaratoria respecto de la Resolución ENRE N° 585/2025.
Que, como consecuencia de dicha presentación, se advirtió un error material en la determinación de la base de capital regulada, contenido en el Informe Técnico N° IF-2025-44664397-APN-ARYEE#ENRE elaborado por el Área de Análisis Regulatorio y Estudios Especiales (AARyEE).
Que se detectó que se consideraron erróneamente las altas y bajas de bienes de uso correspondientes al año 2024 dado que en lugar de registrar los valores correctos para dicho año, se repitieron los valores de altas y bajas de bienes de uso del año 2023.
Que, el error en el cálculo de la base de capital afectó no sólo la compensación por la operación de instalaciones de terceros sino también la determinación de la remuneración de la transportista.
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto 1.759/72 T.O. 2017, de aplicación al ENRE en virtud de lo establecido por el artículo 16 del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025, los errores materiales pueden rectificarse en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancia del acto o decisión.
Que el AARyEE, en su Informe Técnico N° IF-2025-95914223-APN-ARYEE#ENRE subsanó el error material detectado, determinando correctamente la base de capital, el monto para la compensación por la operación de instalaciones de terceros y el cálculo de los requerimientos de ingresos mediante el método de flujos de fondos descontado.
Que, de esta forma, el valor de la base de capital regulada de TRANSPA S.A. al 31 de diciembre de 2024 es de PESOS DOCE MIL OCHOCIENTOS TRES MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES ($ 12.803.705.583), en moneda de diciembre de 2024.
Que, ajustando los valores a moneda de diciembre de 2023, el valor de la base de capital regulada de TRANSPA S.A. al 31 de diciembre de 2024 es de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($ 5.879.634.599).
Que teniendo en cuenta el valor de la base de capital regulada, el monto para la compensación por la operación de instalaciones de terceros quedó determinado en PESOS VEINTISÉIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 26.686.842), a moneda de diciembre 2023.
Que, en función de lo expuesto precedentemente, el nivel de ingresos establecido para la transportista asciende a PESOS TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 31.446.337.246), expresado en moneda de diciembre 2023.
Que este valor, actualizado a mayo 2025, asciende PESOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA ($ 61.395.466.970).
Que teniendo en cuenta la remuneración dispuesta, las cuotas mensuales que se aplicarán a partir del 1 de octubre hasta el 1 de diciembre, se incrementan de NUEVE COMA TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (9,34%) a NUEVE COMA CUARENTA Y CUATRO POR CIENTO (9,44%), correspondiendo rectificar el artículo 3 de la Resolución ENRE N° 309/2025.
Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.
Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley N° 27.742, el artículo 55 incisos a), d) y s) de la Ley N° 24.065 T.O. 2025, los artículos 1 in fine, 11 incisos a) y h), 16 y 19 del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025, el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/1972 T.O. 2017, los artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, los artículos 5 y 6 del Decreto N° 1023 de fecha 19 de noviembre de 2024, el artículo 2 del Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025 y los artículos 2, 3 y 4 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 330 de fecha 29 de julio de 2025.
Por ello
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Modificar la remuneración de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.), aprobada por el artículo 1 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 309 de fecha 30 de abril de 2025, sustituyendo el Anexo I (IF-2025-44374319-APN-ARYEE#ENRE) por el Anexo I (IF-2025-95890020-APN-ARYEE#ENRE) que integra esta resolución.
ARTÍCULO 2.- Reemplazar el valor de NUEVE COMA TREINTA Y CUATRO POR CIENTO (9,34%), aprobado en el artículo 3 de la Resolución ENRE N° 309/2025, a aplicar sobre los valores horarios y valores anuales del equipamiento regulado de TRANSPA S.A. establecidos en el artículo 2 de dicha resolución a partir de las CERO HORAS (00:00 h) del 1 de octubre de 2025 y en los meses sucesivos hasta el 1 de diciembre de 2025 inclusive, por un incremento mensual de NUEVE COMA CUARENTA Y CUATRO POR CIENTO (9,44%), según lo establecido en el Anexo II (IF-2025-95891304-APN-ARYEE#ENRE) que integra esta resolución.
ARTÍCULO 3.- Remitir la presente resolución a la SECRETARÍA DE ENERGÍA para su conocimiento e incorporación al Expediente N° EX-2024-48113183-APN-SD#ENRE, por el que tramita el recurso de alzada interpuesto subsidiariamente por TRANSPA S.A. contra la Resolución ENRE N° 309/2025.
ARTÍCULO 4.- Notifíquese a TRANSPA S.A., a la ASOCIACIÓN DE GENERADORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGEERA), a la ASOCIACIÓN DE TRANSPORTISTAS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ATEERA), a la ASOCIACIÓN DE DISTRIBUIDORES DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (ADEERA), a la ASOCIACIÓN DE GRANDES USUARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (AGUEERA) y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) junto con el Anexo I (IF-2025-95890020-APN-ARYEE#ENRE) y el Anexo II (IF-2025-95891304-APN-ARYEE#ENRE).
ARTÍCULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Néstor Marcelo Lamboglia
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 11/09/2025 N° 66664/25 v. 11/09/2025
Fecha de publicación 11/09/2025