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2 de Septiembre de 2025

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SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución 339/2025

RESOL-2025-339-APN-SC

Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2025

VISTO el Expediente Nº EX-2025-12300858- -APN-TNC#SC, la Ley de Presupuesto Nacional de la Administración Nacional N° 27.701, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019, sus modificatorios y complementarios, 958 del 25 de octubre 2024, 989 del 5 de noviembre 2024, 1131 de fecha 27 de diciembre de 2024, 60 del 4 de febrero de 2025, 531 del 1 de agosto de 2025, las Decisiones Administrativas Nros. 59 del 8 de febrero de 2018, 826 del 2 de octubre de 2019, 499 del 20 de mayo de 2021 y 3 del 15 de enero de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1131/24 se dispuso que a partir del 01 de enero 2025 regirán en virtud de los establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistema de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias, vigente conforme el citado artículo 27, en los términos del Decreto N° 88 del 26 de diciembre de 2023.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 3/25 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.

Que por el expediente citado en el Visto, se tramita la asignación transitoria a partir del 10 de febrero de 2025, de la función de COORDINADOR DE ESCENOTÉCNIA del TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, al señor Lionel Ignacio PASTENE (CUIL N° 20-28309203-9), quien reviste en la Planta Permanente del organismo con un Nivel B Grado 6, Tramo General - Agrupamiento General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial Homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 826/19 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del TEATRO NACIONAL CERVANTES, y se homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a dicha jurisdicción.

Que por el Decreto N° 989/24 se modificó en último término la Ley de Ministerios, suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la cultura e incorporando la SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría Presidencial.

Que por el Decreto N° 993/24 se incorporó la conformación organizativa, objetivos y ámbito de actuación de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el Decreto Nº 60/25 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE CULTURA en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado cargo, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios, y del Artículo 15, inciso a), del Anexo I al Decreto Nº 1421/2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que el artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios, establece que la subrogancia recaerá en el personal que reviste en calidad de permanente y goce de estabilidad, por alguna de las causas que allí establece.

Que por su parte, los artículos 107, 109 y 112 del mencionado Decreto (Dec. N° 2098/08) refieren sobre la subrogancia de la asignación de transitoria de funciones ejecutivas o de jefatura, su percepción y requisitos que deberá cumplir la o el reemplazante del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que la persona propuesta en cuestión posee la idoneidad y el mérito suficientes para desempeñar dicha función de dirección.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el artículo 2º del Decreto Nº 958/24 faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre otras cuestiones, a disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.

Que la presente medida se ha enmarcado conforme los lineamientos establecidos por la Resolución N° 20/24 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, ambas dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del TEATRO NACIONAL CERVANTES ha tomado intervención.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACIÓN ha tomado intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de esta SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACIÓN.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993/24.

Que el titular de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN se encuentra facultado para la suscripción del acto proyectado en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 958/2024.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTURA

DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Dase por asignada con carácter transitorio, a partir del 10 de febrero de 2025, y por el plazo establecido en el artículo 21 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, al señor Lionel Ignacio PASTENE (CUIL N° 20-28309203-9), quien reviste en un cargo de la Planta Permanente del TEATRO NACIONAL CERVANTES, Nivel B Grado 6, Tramo General - Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la función de COORDINADOR DE ESCENOTÉCNIA dependiente de la DIRECCIÓN TÉCNICA DEL TEATRO NACIONAL CERVANTES organismo – por entonces - descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, de conformidad a lo establecido en el Título X artículos 107 a 112 del SINEP.

ARTÍCULO 2°.- Se autoriza el pago de la Asignación Básica del Nivel B, con más los adicionales por Grado y Tramo correspondiente a la situación de revista del señor Lionel Ignacio PASTENE (CUIL N° 20-28309203-9), y el Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial mientras se encuentre vigente la asignación transitoria de funciones superiores que dio origen a la percepción, y asimismo se realiza la presente asignación transitoria de funciones con autorización excepcional, por no cumplir el agente con los requisitos exigidos del cargo subrogado, conforme lo establecido en el artículo 112 del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto 2098/08 sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 3°.- La medida se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios.

El agente mencionado percibirá, mientras dure en el ejercicio de las funciones señaladas, la Asignación Básica de Nivel Escalafonario con los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista, con más el Suplemento por Función Ejecutiva IV, conforme lo dispuesto en el artículo 109 del Convenio Colectivo citado.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SUBJURISDICCIÓN 14 - SECRETARÍA DE CULTURA, SAF 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese dentro del PLAZO de CINCO (5) días de su publicación a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.

ARTÍCULO 6°. Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, Cumplido, archívese.

Leonardo Javier Cifelli

e. 02/09/2025 N° 63144/25 v. 02/09/2025

Fecha de publicación 02/09/2025