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1 de Agosto de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 330/2025

RESOL-2025-330-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-79560568- -APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros. 24.065 y 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nros. 277 de fecha 16 de marzo de 2020, 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024, 370 de fecha 30 de mayo de 2025 y 452 de fecha 4 de julio de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 54 de la Ley N° 24.065 se creó el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, con el objeto de regular, controlar y fiscalizar la prestación del servicio público de distribución y transporte de energía eléctrica, como así también determinados aspectos vinculados con la actividad de generación de electricidad, velando por el cumplimiento de las obligaciones fijadas en los contratos de concesión, entre otras.

Que mediante el Artículo 1° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, sus modificatorias y complementarias, se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y mediante el Artículo 6° de la Ley N° 27.541 se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a intervenir administrativamente al ENRE.

Que el Decreto N° 277 de fecha 16 de marzo de 2020 dispuso la intervención del ENRE, la que fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2023, por los Decretos Nros. 1.020 de fecha 16 de diciembre de 2020, 871 de fecha 23 de diciembre 2021 y 815 de fecha 6 de diciembre de 2022.

Que mediante el Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, se declaró la emergencia del sector energético nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, hasta el 31 de diciembre de 2024, prorrogada por el Decreto N° 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024 y posteriormente mediante el Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025, hasta el 9 de julio de 2026.

Que por el Artículo 2° del mencionado Decreto N° 370/25 se prorrogó a su vez, la intervención del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), organismos descentralizados actuantes en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, hasta el 9 de julio de 2026 o hasta que se encuentre constituido y en funcionamiento y designados los miembros del Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, creado por el artículo 161 de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, lo que ocurra primero.

Que el Artículo 4° del Decreto N° 55/23 dispuso la intervención del ENRE a partir del 1° de enero de 2024 y el Artículo 5° de la misma norma facultó a esta Secretaría a designar al Interventor.

Que, conforme surge del Artículo 6° del decreto referido, el Interventor designado, en el ejercicio de su cargo, debe ajustar sus facultades de gobierno y administración a lo establecido en la Ley N° 24.065, el Artículo 6° del Decreto N° 55/23 y el Decreto N° 1.023/24 y su modificatorio.

Que, por el artículo 1º del Decreto Nº 452 de fecha 4 de julio de 2025 se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, creado por el artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que funcionará en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y llevará a cabo todas las medidas necesarias para cumplir las misiones y funciones asignadas por las Leyes Nros. 24.076 y 24.065 al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), respectivamente.

Que, asimismo, mediante el citado artículo 1º del mencionado decreto, se estableció que el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD deberá comenzar a funcionar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde la publicación del referido decreto en el Boletín Oficial, para lo cual deberá estar debidamente conformado su Directorio.

Que, mediante el Artículo 19 del decreto referido se estableció que hasta tanto el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD apruebe su estructura orgánica, se mantendrán vigentes las actuales unidades organizativas del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) y del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente, a fin de mantener el adecuado funcionamiento operativo del Ente regulador.

Que sin perjuicio de ello, hasta tanto se conforme el Directorio referido en la normativa mencionada precedentemente y toda vez que el Ingeniero Electricista Osvaldo Ernesto ROLANDO (M.I. Nº 10.083.790) presentó su renuncia al cargo de Interventor del ENRE, en el que fue designado mediante la Resolución N° 373 de fecha 28 de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, deviene necesaria la designación de un nuevo Interventor, quien deberá cumplir con los objetivos de las leyes y normas reglamentarias y complementarias que regulan la actividad referidas precedentemente.

Que el Doctor Néstor Marcelo LAMBOGLIA (M.I. N° 16.100.770) reúne los antecedentes que justifican su postulación.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el Artículo 5° del Decreto N° 55/23.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por Ingeniero Electricista Osvaldo Ernesto ROLANDO (M.I. N° 10.083.790) a partir del 1º de agosto de 2025, al cargo de Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase a partir del 1º de agosto de 2025, con carácter ad honorem, al Doctor Néstor Marcelo LAMBOGLIA (M.I. N° 16.100.770) en el cargo de Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 3°.- La designación dispuesta tendrá validez en las condiciones y en el plazo previsto en el Artículo 2° del Decreto N° 370 de fecha 30 de mayo de 2025.

ARTÍCULO 4°.- El Interventor tendrá las funciones y facultades que la Ley N° 24.065 reconoce al ENRE, aquellas asignadas en el Artículo 6° del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 y las previstas en el Decreto N° 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese al Doctor Néstor Marcelo LAMBOGLIA.

ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 30/07/2025 N° 53754/25 v. 30/07/2025

Fecha de publicación 30/07/2025