AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA SALTA
En el marco de la Actuación Sigea N.º 12217-6-2014 del registro de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), y en los términos del artículo 417 inciso c) del Código Aduanero, se INTIMA a la firma AICRAFT GUARRANTY COPR. TRUSTEE y/o quien/es se consideren titular/es de la aeronave Learjet, modelo 31-A, matrícula N359RA, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde esta publicación, se presente/n a ejercer su derecho, correspondiendo acreditar en forma fehaciente la titularidad dominial sobre la aeronave, bajo apercibimiento de que una vez vencido el plazo antes indicado y no se hubiera presentado, se considerará que se ha hecho abandono de la mercadería a favor del Estado Nacional, sin admitirse con posterioridad reclamación alguna (artículo 421 CA).
Asimismo, se deberá acompañar toda la documentación necesaria que acredite la titularidad de la aeronave Learjet, modelo 31-A, matrícula N359RA como así también toda la documentación reglamentaria establecida en las regulaciones argentinas de Aviación Civil (RAAC).
Finalmente. deberá constituir domicilio dentro del radio urbano de esta Aduana (artículos 1001 Código Aduanero), bajo apercibimiento del artículo 1004 del citado texto legal.
Pablo Miguel Valdez Mambrini, Administrador de Aduana.
e. 13/06/2025 N° 41254/25 v. 18/06/2025
Fecha de publicación 13/06/2025